martes, 3 de julio de 2018

PROTECCIÓN CONTRA EL “CYBERBULLYING” DE MENORES



El riesgo de sufrir acoso a través de medios digitales, conocido como ciberacoso o ciberbullying, es más alto en el caso de los menores. No solo porque las tradicionales situaciones de acoso escolar encuentran en Internet un nuevo medio, amplificado, para hostigar a la víctima, sino porque el desconocimiento y la ingenuidad natural de los más jóvenes pueden llevarlos a compartir información e imágenes de carácter privado que podrían usar otros menores y adultos.

En los últimos años, distintas instituciones públicas y privadas intentan luchar contra este problema social. También el seguro ha reaccionado, diseñando nuevas pólizas y coberturas que contemplan estas situaciones, ofreciéndonos contar con el asesoramiento de abogados especializados, actuar ante la difusión de información privada o la suplantación, ejercitar el derecho al olvido (para borrar toda la información del menor en Internet) o disponer de apoyo psicológico. Además, hay una aplicación para el móvil, desarrollada por una aseguradora, que permite a los menores compartir con sus padres o tutores cualquier sospecha de acoso que detecten en sus dispositivos y que después podrá servir de prueba para el ejercicio de posibles acciones legales.

Como siempre, lo más importante es prevenir, y ante cualquier sospecha guardar todo lo que podamos utilizar como prueba: una imagen, un email, una conversación, etc. Si tenemos menores a nuestro cargo, podría ser interesante consultar con nuestro corredor de confianza las opciones que más nos convienen, ya sea contratar un seguro específico contra el “ciberbullying” o tener constancia de que nuestros seguros cubren aspectos tan necesarios como el asesoramiento legal, la atención psicológica o la actuación en Internet para defender los derechos de los más vulnerables.

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EL COCHE AUTÓNOMO, CADA VEZ MÁS CERCA



Todo el mundo habla del vehículo autónomo (“el coche sin conductor”), una revolución tecnológica que cambiará la seguridad del tráfico y la movilidad en las ciudades, y que nos hace plantearnos cuestiones aún sin respuesta: ¿necesitaremos carné de conducir o una edad mínima para ir solos en el coche?, ¿quién será el responsable en caso de accidente?: ¿el fabricante del vehículo?, ¿el fabricante del software?, ¿el proveedor de la conexión a internet?

El vehículo autónomo no será infalible, pero, sin duda, aumentará nuestra seguridad: según el reciente informe “El impacto del coche del futuro en el ramo de Automóviles” de ICEA, la reducción del número de siniestros podría llegar al 95% en estos coches, gracias, precisamente, a la eliminación del factor humano, responsable del 93% de los accidentes de tráfico.

Mientras esperamos la llegada del vehículo autónomo, lo que podría suceder en siete años según algunos fabricantes o en solo dos si creemos al visionario Elon Musk, lo ideal sería que todos los vehículos adopten los últimos avances tecnológicos, que nos ayudan, y mucho, a reducir la siniestralidad. Conforme a la DGT, la implantación de sistemas avanzados de ayuda a la conducción en toda la flota de vehículos podría haber evitado, solo el último año, 4.000 atropellos y 19.000 siniestros relacionados con salidas involuntarias de carril; reduciendo además en un 54% los accidentes por colisión frontal.

En cuanto a los seguros de auto, cabría esperar que la drástica reducción de la siniestralidad suponga una bajada de los precios de las primas, pero esto podría no estar tan claro. Algunos expertos apuntan a que los vehículos autónomos incorporarán componentes tan sofisticados que su reparación resultará mucho más costosa y que será mucho más fácil que un impacto resulte en la declaración de siniestro total.

Otros en cambio, apuntan a que la situación podría quedar equilibrada porque esos mayores costes quedarán compensados por la reducción del número de siniestros. Durante un largo periodo convivirán coches conducidos por humanos con los totalmente automáticos. Los siniestros provocados por los despistes del conductor desaparecerán, aunque podrían surgir otros nuevos.

Contratar un seguro requerirá, más que nunca, la ayuda de un profesional experto ¿Estamos listos?

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jueves, 12 de abril de 2018

¿FIRMARÍA UN CONTRATO A CIEGAS? ALGUNOS ESPAÑOLES SÍ



Si está leyendo esta noticia, hay muchas probabilidades de que usted ya haya tomado la decisión de contratar sus seguros a través de un corredor, es decir, un asesor profesional independiente que le ofrece un trato personal, que ha analizado el mercado y le ha encontrado la mejor opción de seguros, y lo más importante, que en caso de siniestro le va a ayudar a conseguir la mejor solución para usted, lo más rápidamente posible.

Puede estar muy satisfecho con su elección, porque confirma una de las conclusiones del Observatorio TiempoSeguro de la Salud Aseguradora en España: “Más del 70% de los españoles desean tener un asesor personalizado de seguros”. Aunque el sector ha avanzado en hacer cada vez más comprensible el lenguaje asegurador, los contratos de seguros requieren, por lo general, un análisis en profundidad para revisar las exclusiones y garantías de las pólizas con el fin de evitar sorpresas o incidencias en caso de siniestro.

La premisa fundamental para contratar un seguro es: “entender lo que se está contratando y que el seguro proteja lo que se necesita”. Una recomendación que no cumple el 53% de los españoles que -según un estudio reciente de una aseguradora- contrata los seguros sin leerse las pólizas previamente. Curiosamente, casi el mismo número de personas que lo contratan “por una cuestión de tranquilidad”, aunque firmar un contrato totalmente a ciegas no ayude a conseguir el objetivo.

En definitiva, tanto para contratar lo que de verdad necesita, como para entender bien lo que contrata, puede contar con la experiencia del mejor asesor, su corredor de seguros.

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NO SIEMPRE EVITAR LA OCASIÓN EVITA EL PELIGRO… PERO AYUDA



Aunque pueda seguir asombrándonos, todavía hay gente que deja el coche en marcha y con las llaves puestas para bajar a la compra, recoger al niño en casa de un amigo, saludar a un conocido…Sí, son solo unos segundos, los mismos que necesita un ladrón para llevarse nuestro coche. Y lo peor, es un descuido que, además, no nos cubrirá el seguro.

La probabilidad de que nos puedan quitar el coche está muy ligada al sitio donde vivimos y al coche que conducimos. Según los últimos datos de Unespa, la patronal del sector, los habitantes de Lepe y Utrera encabezan el ranking de esta estadística y los vehículos más atractivos para los ladrones parecen ser los BMW Series 3 y 5, pero lejos de lo que podríamos pensar, no se trata de últimos modelos, son de los años 2011 y 2005, una razón que nos puede animar a plantearnos cambiar de coche en cuanto podamos.

Si visitar o vivir en estas ciudades no está en sus planes, no significa que deba bajar la guardia, porque un gran número de veces está en sus manos evitar la ocasión y, con ello, que el robo de coches vuelva a ser un negocio al alza en España. La primera medida preventiva, y más lógica, es comprobar que se ha activado el cierre automático después de aparcar. En caso de duda, es mejor volver y asegurarnos. Aparcar en el sitio correcto es crítico, aunque invirtamos más tiempo hay que intentar dejar el coche lo más visible posible, en lugares con tránsito y zonas iluminadas. Dejar expuestos nuestros objetos personales, móvil, maletín, bolsas, abrigo o cualquier pertenencia que pueda ser un reclamo para los amantes de lo ajeno, no es una buena idea.

Con los avances en tecnología, han surgido empresas que ofrecen dispositivos GPS para prevenir robos o darnos la posibilidad de localizar nuestro vehículo. Algunas aseguradoras ofrecen a los conductores determinadas ventajas que se trasladan a las pólizas por disponer de estos sistemas, a la vez que obtienen información valiosa acerca de nuestros hábitos a la hora de circular.

Si a pesar de todas las medidas de prevención perdemos la pista a nuestro coche, disponer del mejor seguro de auto, adaptado al lugar donde vivimos, a nuestras circunstancias y, por supuesto, contar con un corredor de seguros para ayudarnos a dar los pasos correctos cuando nuestro coche desaparece, nos librará de una gran dosis de estrés añadido.

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miércoles, 21 de marzo de 2018

TRAVESURAS A CUBIERTO



El mes de marzo es el mes de Las Fallas y, este año, también el de la Semana Santa. Todo esto significa vacaciones y, con ello, niños y niñas con mucho tiempo libre. La suma de menores y vacaciones, en algunos casos, puede dar como resultado pequeñas -y no tan pequeñas- trastadas que acaben produciendo daños materiales o personales, pero ¿estamos cubiertos ante las travesuras de nuestros pequeños?

La respuesta puede variar. Por lo general, nuestro seguro de hogar incluye la responsabilidad civil familiar, lo que quiere decir que responde por las personas que conviven en la vivienda: cónyuge, hijos, animales e, incluso, empleados domésticos mientras estén realizando sus labores. De esta manera, el seguro nos cubre de los daños que estas personas puedan ocasionar a terceros, siempre y cuando no sean familiares directos, e independientemente de si están dentro de la casa asegurada o no.

Es imposible saber lo que pasa por la cabeza de un niño. Pueden jugar con un grifo y que la casa acabe inundada; quizás saquen a pasear al perro y, al no poder controlarlo, el animal provoque algún accidente; un pequeño partido en la calle puede terminar con el cristal de una casa o de una tienda roto; aprender a encender cerillas puede suponer el inicio de un incendio…

Todos estos desafortunados sucesos deben estar cubiertos por el seguro de hogar, aunque pueden surgir inconvenientes. La responsabilidad civil familiar hace referencia a daños que se produzcan de manera involuntaria, por lo que si, por ejemplo, se alega que el niño ha roto el cristal intencionadamente, el seguro puede no hacerse cargo. Para estos casos, se puede utilizar la asesoría jurídica, que también suele estar incluida dentro de nuestro seguro de hogar. Si tiene un hijo un poco travieso, consulte con su corredor de seguros para conocer sus coberturas y encontrar la póliza que mejor se adapte a sus necesidades.

#SegurosdeHogar #SegurosResponsavilidadCivil #SegurosFamiliares @CorreduríaSegurosValencia

¿QUÉ ES EL PERÍODO DE GRACIA DEL SEGURO?



Hemos cambiado de cuenta corriente, puntualmente no tenemos saldo disponible, estamos con mil cosas en la cabeza y se nos pasa… puede haber muchos motivos diferentes por los que la aseguradora no pueda cobrar nuestra prima, pero la ley ya ha pensado en cómo proteger al asegurado en estas situaciones.

En el artículo 15 de la Ley del Contrato del Seguro se expone que la póliza queda suspendida un mes después del vencimiento de la prima. Es lo que se llama “período de gracia” y significa que, aunque no hayamos realizado el pago, la garantía del seguro sigue vigente durante un mes adicional.

Esto no significa que nos regalen un mes de seguro gratuito: el “período de gracia” está pensado para dar solución a un posible error o complicación en el pago, por lo que el nuevo contrato comenzará el día en el que venció el anterior, no cuando la aseguradora ingrese el recibo.

En el caso en el que el pago no se realice en un mes después del vencimiento de la prima, se suspenderá la póliza y dejaremos de estar cubiertos. Sin embargo, el contrato no estará totalmente extinguido. Hasta seis meses después del vencimiento de la prima, el tomador del seguro puede volver a activar la cobertura en 24 horas si abona aquella, teniendo que pagar solo el período en curso.

Si transcurridos esos seis meses no se ha efectuado el pago, habitualmente, la aseguradora da por extinguido el contrato, sin embargo, el artículo 15.1 de la Ley de Contrato de Seguros le permite reclamar la liquidación de la prima en vía ejecutiva. Por otro lado, según una sentencia del Tribunal Supremo, para que la aseguradora quede libre de la cobertura por responsabilidad civil debe acreditar “haber dirigido al tomador del seguro un correo certificado con acuse de recibo o por cualquier otro medio admitido en derecho que permita tener constancia de su recepción, por el que se notifique la resolución del contrato”.

Lo más recomendable es no esperar al último momento y preparar con antelación el pago de la prima o, por el contrario, avisar en tiempo y forma si no vamos a renovar el contrato. Además, todo será mucho más sencillo gracias a la ayuda de su corredor de seguros, quien seguirá de cerca cualquier incidencia relacionada con su seguro para que esté siempre correctamente protegido.

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miércoles, 21 de febrero de 2018

CÓMO CONDUCEN NUESTROS JÓVENES



La mayoría de los jóvenes intenta conseguir el carné de conducir en cuanto cumple la mayoría de edad, algo que les permite disfrutar de una mayor autonomía, sin embargo, el conductor joven y novel tiene una inmadurez que influye considerablemente en su percepción del riesgo; además, su inexperiencia supone una mayor dificultad para actuar correctamente ante situaciones difíciles de la conducción.

Ahora, el “II Informe sobre la juventud española al volante: Por qué es necesario ser prudente”, realizado por Unespa, nos permite conocer mejor la conducción de los jóvenes entre los 18 y los 35 años. El estudio expone que la posibilidad de que una persona que se encuentre en esta franja de edad tenga un accidente es 1,6 veces mayor que en el caso de los mayores de 35. Además, las personas que tienen menos de un año de carné tienen una probabilidad 3,7 veces mayor de tener un accidente que otra con más de 10 años de experiencia, y este dato se va reduciendo hasta el 2,1 en conductores entre los 5 y 6 años de carné, y hasta el 1,6 entre los que tienen entre 9 y 10 años de este permiso. Por sexos, la cantidad de accidentes leves es mayor en hombres que en mujeres, pero la cifra se equilibra si hablamos de accidentes graves (aquellos en los que hay algún muerto o herido).

También, según este estudio, las chicas de Soria resultan ser las mejores conductoras del país, ya que son las que presentan un menor índice de siniestralidad. Tras ellas, se sitúan las conductoras de Cuenca y Segovia. Entre los varones, los mejores conductores se encuentran en Segovia y en Soria.

En definitiva, es vital concienciar a nuestros jóvenes de la importancia de conducir de forma responsable y prudente, lo que se completa con el respaldo de un buen seguro de auto que responda ante cualquier incidente que se pueda tener.

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UN REGISTRO PARA QUE EL SEGURO DE VIDA SE COBRE



Hasta hace algo más de una década, en España, alrededor de la mitad de los seguros de vida quedaban sin cobrar por sus beneficiarios, simplemente porque los familiares desconocían que el fallecido hubiera suscrito uno.

Este desconocimiento no es nada infrecuente, ya que, además del seguro de vida contratado directamente por la persona, es posible haber suscrito en algún momento un seguro vinculado a la apertura de una cuenta corriente u otro producto financiero, sin haber prestado demasiada atención. También hay muchas pólizas que se hacen automáticamente al contratar otros productos y servicios, y que el asegurado puede ignorar: el pago de billetes de avión o de tren con tarjeta de crédito, la propia tarjeta, o los paquetes turísticos, entre otros, ofrecen una indemnización en caso de muerte.

Por eso, tras el fallecimiento de una persona, uno de los trámites a realizar es consultar el Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Este Registro, que se puso en marcha en 2007 y depende del Ministerio de Justicia, permite a los interesados comprobar si el fallecido tenía algún seguro de vida, individual o colectivo, con cobertura de fallecimiento, así como un seguro de accidente que cubra la contingencia de la muerte del asegurado; y ha demostrado ser muy útil: solo en el año 2015 más de 170.000 personas conocieron la existencia de algún seguro de vida gracias al mismo.

Para saber si se es beneficiario de un seguro de vida en el Registro, se deberá formalizar una solicitud, de forma presencial o por correo, en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o en Madrid, en la Oficina Central de Atención al Ciudadano. Si dispone de certificado electrónico, la
solicitud se puede hacer online en la Sede electrónica del Ministerio de Justicia. Por otro lado, las compañías de seguros están obligadas a comunicar al Registro todas las pólizas con cobertura de fallecimiento que sean contratadas. Así, en el caso de que hubiese testamento, las notarías están obligadas a informar de oficio a los herederos si el fallecido tenía seguro de vida. En estos casos será la notaría la que acceda al Registro de forma telemática, quedando exento el beneficiario de realizar este trámite.

El seguro de vida protege a los que más queremos y, según las coberturas contratadas, puede atendernos también ante una enfermedad, una incapacidad laboral... Su elección es una decisión de gran importancia para la que conviene contar con el mejor asesor: nuestro corredor de seguros.

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domingo, 7 de enero de 2018

CHEQUEO MÉDICO, PRIMER PASO PARA PONERSE EN FORMA



Tras días de excesos, de “sentadas” en mesas llenas de comida, dulces típicos, alcohol, etc., que pasan factura a nuestro estado físico, comenzamos el nuevo año con un propósito encomiable: alimentarnos mejor y hacer deporte para estar más sanos.

Efectivamente, el ejercicio físico es vital para conseguir un estilo de vida saludable, sin embargo, lanzarse a realizar un deporte cuando se lleva una vida sedentaria sin antes realizarse un chequeo médico puede resultar contraproducente.

Para hacerlo, conviene acudir a un médico deportivo que nos realice un completo estudio, con una amplia analítica para comprobar si se padece alguna anemia o se está falto de defensas, y analizar otros elementos como las grasas o el ácido úrico. También se deberán medir las constantes basales, es decir, las que se tienen en reposo; los índices corporales de talla y peso; y la tensión arterial. Igualmente, se realizará un análisis de la postura y movimiento del aparato locomotor, un electrocardiograma para conocer el estado de nuestro corazón, una espirometría, para medir la capacidad pulmonar, y, sobre todo a partir de los 45 años, una prueba de esfuerzo para analizar nuestra adaptación cardiaca al ejercicio y alertarnos de un posible riesgo cardiovascular.

Nuestro seguro de salud puede encargarse de realizar este chequeo especializado y también de tratarnos en caso de lesión. Además, existen algunos con coberturas específicas para deportistas, tanto profesionales como aficionados. Entre sus ventajas se encuentran el asesoramiento de un nutricionista, la posibilidad de contar con los consejos de un entrenador personal, o el cobro de una indemnización en caso de lesión. Para saber cuál es el seguro que se adapta mejor a sus necesidades, no dude en consultar con su corredor.

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NUEVOS INCENTIVOS PARA AHORRAR CON LOS PLANES DE PENSIONES



“La hucha de las pensiones se agota” es una frase que los españoles cada vez tenemos más presente. Con la mirada puesta en el futuro del sistema público de pensiones, el Gobierno de España está tratando de incentivar el ahorro finalista, es decir, el que se realiza para poder complementar la pensión pública de jubilación, con nuevas medidas para hacer más atractivos los planes de pensiones, especialmente entre los más jóvenes, para quienes la perspectiva de no poder contar con el capital aportado hasta la jubilación es un freno para su contratación.

Pero, ¿conocemos bien lo que implica contratar un plan de pensiones? A priori están indicados para ahorradores de cualquier edad, siempre que el perfil de inversión del plan de pensiones se adapte a las necesidades de cada persona: más arriesgado cuanto más joven sea, y más protector o conservador a medida que se acerca la edad de jubilación.

La principal ventaja de los planes de pensiones es su fiscalidad. Mientras el partícipe ahorra, esas aportaciones anuales están exentas de tributación hasta un límite de 8.000 euros anuales. Una vez rescatado el plan de pensiones el capital aportado y el beneficio obtenido tributan como rendimientos del trabajo en el impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF).

Sin embargo, hay que tener en cuenta que todos incluyen comisiones de gestión y de depósito, un gasto que va restando rentabilidad al plan. Para que esto no sea un obstáculo a su contratación, y aquí empiezan las novedades, el Gobierno aprobará una rebaja de las comisiones máximas de gestión de estos productos en un 0,25%, hasta el 1,25% (frente al 1,50% actual) y la comisión máxima de depósito se situará en el 0,25%. Además, establecerá la liquidez total de los planes de pensiones a los diez años, cuando, hasta ahora, el dinero invertido solo podía rescatarse en el momento de la jubilación o en casos excepcionales, como estar en paro de larga duración o sufrir una enfermedad.

Con la gran cantidad de opciones que existen en el mercado y las sorpresas que puede esconder su letra pequeña, decidirse por uno no parece tarea fácil. Si está considerando ahorrar para la jubilación a través de un plan de pensiones, u otro producto similar, su corredor de seguros podrá asesorarle para encontrar el que mejor se adapte a sus necesidades y las de su economía.

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