miércoles, 3 de febrero de 2016

Seguro Sobre Ruedas

En muchos países europeos se ha visto como la bicicleta se abría paso, no solo a nivel de práctica deportiva, sino como medio de transporte, por sus indudables beneficios: es barato, nos ayuda a estar en forma y no contamina. En España el 49,6% de la población utiliza la bicicleta con alguna frecuencia, mientras que un 10% la utiliza a diario o casi, según el Barómetro de la bicicleta en España 2015 realizado por GESOP. Estos datos, contrastan con los ofrecidos el año 2011 por el mismo barómetro, cuando un 40,3% utilizaba la bicicleta con alguna frecuencia y un 7,4% la utilizaba de forma diaria. Esta creciente tendencia ha motivado que el sector asegurador haya comenzado a pensar en estos usuarios, ofertando seguros específicos que protegen tanto al ciclista como a su vehículo. Las pólizas más básicas generalmente cubren la responsabilidad civil del usuario y su asistencia en viaje (incluyendo búsqueda y localización, desplazamiento, etc.), pero además de éstas existe un amplio espectro de coberturas, altamente recomendables, que podemos contratar para garantizar nuestra protección si somos aficionados a la bici. Entre ellas: 

Defensa y protección jurídica: en caso de reclamaciones y conflictos judiciales derivados de la utilización de la bicicleta. Accidentes personales: incluyen gastos médicos, farmacéuticos y de hospitalización en caso de accidente. 

Cirugía plástica y reparadora: asumen los gastos derivados de la eliminación de las cicatrices y otras marcas estéticas que se hayan producido en la práctica del ciclismo. 

Asistencia personal: cubren la contratación de personal necesario para realizar aquellas tareas que como consecuencia del accidente no se puedan desempeñar, como el cuidado de menores. 

Robo: cubren la sustracción de la bicicleta, siempre y cuando hayamos tenido la precaución de dejarla convenientemente protegida -encadenada por el cuadro a un elemento inmóvil con candado homologado y con candado de seguridad si la dejamos en el exterior de nuestra vivienda. 

Daños por accidente: los que pueda sufrir el cuadro (estructura) de la bicicleta. 

Si queremos disfrutar de nuestras dos ruedas con la máxima tranquilidad, puede ser muy recomendable informarnos para valorar la contratación de un seguro de estas características.

Derechos y Libertad del Consumidor

Es relativamente habitual que entidades financieras intenten imponer a sus clientes la contratación de una póliza de seguros de una compañía concreta a cambio de la concesión o mejora de las condiciones de algún producto financiero, como un préstamo. En esta tesitura, el cliente se siente muchas veces obligado a contratar un seguro que no ha elegido, quizás no necesite y que en cualquier caso, no recoge sus necesidades.

Esto resulta especialmente frecuente en el caso de los créditos hipotecarios, en los que el banco presiona para que el cliente contrate el seguro del hogar y/o de vida, bajo el argumento de que dichos seguros son de carácter obligatorio. Se trata sin embargo de una justificación falsa, ya que el único seguro que tiene este carácter es el de incendios.

A pesar de que muchas entidades financieras siguen actuando en la misma línea, el consumidor debe saber que no está obligado a aceptar dichas imposiciones, ya que la Ley defiende su derecho a la libre elección. Como siempre, tener la información necesaria facilitará al usuario tomar la mejor decisión.