miércoles, 6 de enero de 2016

¿A quién cubre mi póliza de automóvil?

Una de las preguntas más frecuentes en el momento de contratar un seguro de coche es saber si, en caso de accidente, los ocupantes del vehículo están cubiertos y de qué manera. La respuesta es sencilla; para la circulación de vehículos a motor, el seguro obligatorio de Responsabilidad Civil ampara los daños provocados por el conductor del vehículo causante al resto de personas y bienes. El objetivo es garantizar a los ocupantes transportados una cobertura contra el riesgo de accidentes corporales que puedan sufrir en cualquier siniestro.

Siguiendo la ley, este seguro cubre la responsabilidad civil del conductor frente a terceros (los otros ocupantes del coche), pero excluye la cobertura de los daños que sufra el conductor y/o el vehículo cuando sean los causante del accidente.

Es importante tener en cuenta que hay varias situaciones que quedan excluidas de cobertura, como por ejemplo:

  • Daños sufridos por el conductor causante del accidente. 
  • Daños sufridos por el vehículo asegurado. 
  • Daños sufridos por los bienes que transporta, así como los que sufran los bienes propiedad del tomador, el asegurado, el propietario, el conductor, así como los del cónyuge o los parientes hasta el tercer grado de los anteriores. 


Así pues, teniendo en cuenta que el seguro citado anteriormente es un seguro de suscripción obligatoria, los ocupantes del seguro (distintos del conductor) tendrán cobertura a través del mencionado seguro con los límites establecidos legalmente, en concreto 70 millones de euros por siniestro para daños a las personas (con independencia del número de víctimas) y de 15 millones de euros por siniestro para daños a los bienes.

Para garantizar una total tranquilidad en la carretera, no es de extrañar contratar un seguro complementario específico para el conductor. Dicha cobertura puede incluir desde compensación económica al conductor por los daños físicos permanentes que pueda sufrir (invalidez total o parcial ) o asistencia sanitaria hasta una indemnización a sus beneficiarios o a determinados familiares en caso de fallecimiento.

#SegurosRemolíBeltrán #SegurodeResposabilidadCivil‬

Seguro de decesos, una previsión a tener en cuenta

En España, el seguro de decesos es, tras el seguro de coches, el tipo de póliza más extendida entre las familias. De hecho, unos 20,9 millones de personas de los 46,5 millones de residentes en nuestro país tienen cubierto su entierro por una de estas pólizas, de acuerdo con datos recabados por ICEA. Hablamos del 45% de la población y más de la mitad de los hogares españoles.

Es importante tener en cuenta que la media del coste de un entierro está en los 3.000€, teniendo presente que esta cantidad puede variar según algunas condiciones tales como el lugar o simplemente los deseos del contratante.

Estos seguros pueden compensar al cliente a través de indemnización o por la prestación de servicios. La indemnización por deceso significa que llegado el momento de un fallecimiento, el contratante recibirá la cantidad acordada, que va en relación con lo aportado y con lo firmado. La prestación de servicios implica que en el momento de un fallecimiento, la empresa se hará cargo de los servicios contratados e incluidos en la póliza.

Ante la posibilidad de contratar un seguro de decesos, lo mejor es tener claras las condiciones y comparar entre las distintas alternativas del mercado, no todos los seguros son válidos para todos los clientes.