miércoles, 6 de enero de 2016

¿A quién cubre mi póliza de automóvil?

Una de las preguntas más frecuentes en el momento de contratar un seguro de coche es saber si, en caso de accidente, los ocupantes del vehículo están cubiertos y de qué manera. La respuesta es sencilla; para la circulación de vehículos a motor, el seguro obligatorio de Responsabilidad Civil ampara los daños provocados por el conductor del vehículo causante al resto de personas y bienes. El objetivo es garantizar a los ocupantes transportados una cobertura contra el riesgo de accidentes corporales que puedan sufrir en cualquier siniestro.

Siguiendo la ley, este seguro cubre la responsabilidad civil del conductor frente a terceros (los otros ocupantes del coche), pero excluye la cobertura de los daños que sufra el conductor y/o el vehículo cuando sean los causante del accidente.

Es importante tener en cuenta que hay varias situaciones que quedan excluidas de cobertura, como por ejemplo:

  • Daños sufridos por el conductor causante del accidente. 
  • Daños sufridos por el vehículo asegurado. 
  • Daños sufridos por los bienes que transporta, así como los que sufran los bienes propiedad del tomador, el asegurado, el propietario, el conductor, así como los del cónyuge o los parientes hasta el tercer grado de los anteriores. 


Así pues, teniendo en cuenta que el seguro citado anteriormente es un seguro de suscripción obligatoria, los ocupantes del seguro (distintos del conductor) tendrán cobertura a través del mencionado seguro con los límites establecidos legalmente, en concreto 70 millones de euros por siniestro para daños a las personas (con independencia del número de víctimas) y de 15 millones de euros por siniestro para daños a los bienes.

Para garantizar una total tranquilidad en la carretera, no es de extrañar contratar un seguro complementario específico para el conductor. Dicha cobertura puede incluir desde compensación económica al conductor por los daños físicos permanentes que pueda sufrir (invalidez total o parcial ) o asistencia sanitaria hasta una indemnización a sus beneficiarios o a determinados familiares en caso de fallecimiento.

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