miércoles, 28 de diciembre de 2016

Los autónomos, los menos protegidos por el sistema público de pensiones

Un estudio realizado por el Instituto Aviva muestra que los autónomos son los españoles que están más desprotegidos por el sistema público de pensiones, frente al colectivo de personas al cuidado de los hijos o de las labores domésticas (88,4%), al de los parados de larga duración (85,3%) y al de los millennials, entre 20 y 35 años, (83,9%). Por su parte, la cifra en el colectivo de personas con discapacidad asciende al 61,2%.

Además, los españoles consideran que todavía existe una brecha de género en el sistema público de pensiones. Hasta un 57,9% estima que las mujeres trabajadoras están desprotegidas, 19,5 puntos más que respecto a los hombres trabajadores (38,4%).

El Instituto Aviva en colaboración con AFI ha editado 4 guías sobre jubilación gratuitas, desarrolladas de manera específica para aquellos colectivos que tienen particularidades concretas:

Autónomos, personas con discapacidad, millennials y mujeres.

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miércoles, 21 de diciembre de 2016

SEGURO ESPECIAL PARA PERSONAS CON DIABETES



Tenemos a disposición de diabéticos crónicos una póliza hecha a su medida con servicios específicos de Endocrinología, Podología, Análisis Clínicos, Cirugía Vascular Periférica, Nefrología y Oftalmología. Para su diseño, hemos contado con la colaboración de la Federación Española de Diabetes.

De este modo, las personas con diabetes pueden contratar SU SEGURO DE SALUD con independencia del punto en el que se encuentre su dolencia, con las mismas premisas que se plantean a otros posibles asegurados que no la padecen.

Es decir, la Diabetes no supondrá un motivo de exclusión del seguro por si misma ya que los límites y exclusiones de la póliza se aplicarán de forma específica y únicamente a otro tipo de dolencias o complicaciones concretas contraídas con anterioridad al seguro. Para ello se ha creado un cuestionario de salud especial.

Para acceder al nuevo seguro, puedes informarte en 961410797 o información@remoli.net

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miércoles, 14 de diciembre de 2016

REGISTRO OBLIGATORIO DE LA JORNADA DIARIA DE TRABAJO



La Inspección de Trabajo está procediendo a verificar la realidad del cumplimiento de las jornadas laborales pactadas en los contratos suscritos por las empresas.

Hasta el momento, existía la obligación de registrar únicamente la jornada laboral de los trabajadores que tenían un contrato a tiempo parcial. Debido a una serie de sentencias dictadas a favor de colectivos de trabajadores que pedían el establecimiento de un sistema de registro de la jornada efectiva de trabajo, la Inspección de Trabajo ha iniciado actuaciones encaminadas a revisar el cumplimiento del registro de la jornada de los trabajadores ya no sólo a tiempo parcial, sino también a tiempo completo.

A los efectos anteriores, se entiende que el registro debe ser diario. Es decir, registrar día a día la jornada efectiva de cada empleado sea cual sea su contrato de trabajo, a tiempo parcial o completo.

No es un tema menor, puesto que la infracción derivada de la no realización del control de presencia puede derivar en la aplicación de sanciones que, al considerarse graves, supongan  multas de entre 625 a 6.250 euros.

Existe discrecionalidad de cada empresa para hacer el registro de la manera que crea conveniente, pero se exige:
  • El control de la hora de entrada y de salida incluyendo el periodo de descanso.
  • Elección libre de formato del registro –manual o por medios informáticos-  que deberá cumplir con dos principios ineludibles: fiabilidad e invariabilidad del método que se escoja para registrar.
  • Inclusión de toda la plantilla en el registro. Integración incluso de los empleados que no necesariamente desarrollan su actividad con plena presencia en el centro de trabajo (Área Comercial). 
  • Entrega al empleado de un resumen mensual, en el cual se computarán las horas extras y las complementarias y que deberá custodiarse por un periodo de cuatro años.
  • El registro diario del mes en curso podrá ser reclamado, pero no será necesario guardarlo posteriormente.
Dado lo anterior, y para prevenir eventuales incumplimientos, consideramos importante el registro de todas las jornadas laborales, sobre todo la de los empleados a tiempo parcial, para tener prueba fehaciente de la jornada real de cada trabajador y evitar posibles incidencias.

lunes, 24 de octubre de 2016

¿QUÉ ES EL REGISTRO DE SEGUROS OBLIGATORIOS?



¿Sabía que en España hay más de 600 seguros obligatorios? El seguro para el coche o la moto, para bucear, para ser deportista federado, para tener animales de razas peligrosas, el seguro para viajeros, para embarcaciones de recreo, para actividades industriales, agrarias… Ya sean para particulares,para empresas, profesionales o administraciones, la lista es muy extensa, tanto que un estudio realizado por una compañía aseguradora en 2014 colocaba a España en el número 1 del ranking de los países con mayor número de seguros obligatorios, y tanto que hay dudas de que alguna institución controlara exactamente cuántos y cuáles son. Sin embargo, la Ley es clara al sancionar el incumplimiento de esta obligación con multas de entre 1.000 y 20.000€.

Dado que tenemos multitud de seguros (estatales,autonómicos, locales y comunitarios), para unificar el criterio y conocer qué seguros son obligatorios para cada actividad determinada, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), decidió a finales del pasado ejercicio crear un registro público en el que todos aquellos que lo necesiten puedan consultar qué pólizas deben tener contratadas para poder desarrollar una actividad determinada.

Este registro estará controlado por el Consorcio de Compensación de Seguros y en la actualidad se encuentra en fase de recopilación de datos. Al cierre de cada ejercicio, el Consorcio elaborará un informe para el regulador del sector asegurador en España en el que detallará los cambios que sufran los seguros obligatorios, indicando las incorporaciones al registro y aquellos que dejen de ser necesarios. Así, por ejemplo, las personas que quieran poner en marcha un negocio o los empresarios que quieran ampliar su actividad podrán conocer si es preciso contar con un seguro determinado. Además, para realizar una correcta gestión de los riesgos a los que se enfrenta, siempre puede acudir a la información y apoyo profesional que le brinda su corredor de seguros.

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¿CUÁNTO DEBO AHORRAR PARA MANTENER EL NIVEL DE VIDA TRAS LA JUBILACIÓN?


Seguro que alguna vez se lo ha planteado. Es la pregunta del millón: ¿Cuánto debemos ahorrar para poder mantener nuestro nivel de vida tras la jubilación? Según la OCDE, para mantener un nivel de vida adecuado tras el retiro laboral, la pensión debería suponer un 70% del último salario, pero en España, el 66% de los pensionistas no llega a mileurista (datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, julio 2016).

Un reciente estudio, realizado por Aviva y la consultora Deloitte, afirma que los 25 millones de españoles que se jubilen entre 2017 y 2057, deben ahorrar en su conjunto 191.500 millones de euros al año, es decir, una media de 7.700 euros al año cada español, para complementar las pensiones y mantener el actual nivel de vida.

Esta diferencia entre la pensión que se percibe y la cantidad necesaria para mantener un nivel de vida adecuado se ha incrementado un 12% en los últimos seis años, según se desprende del estudio, lo que convierte a España en uno de los países europeos en los que más ha crecido el desajuste en las pensiones.

Pero este desajuste no se deja notar sólo en la pensión pública de jubilación. En muchas ocasiones no consideramos otro tipo de riesgos a los que nos enfrentamos antes de llegar a la jubilación, como los accidentes o las enfermedades que provocan incapacidades temporal eso permanentes, las cuales pueden ser un obstáculo a la hora de planificar el ahorro a largo plazo.

Un estudio elaborado por la Fundación Mapfre señala que la brecha de protección del seguro de vida -quet iene en cuenta estos imprevistos- es decir, la diferencia entre la cobertura de seguros recomendable y la cobertura adquirida, asciende a 28.600 millones de euros en el mercado español. Una clara situación de desprotección frente al riesgo que supone sufrir un accidente grave que nos impida desarrollar nuestra actividad profesional o provoque nuestro fallecimiento, dejando a nuestra familia desprotegida económicamente. La planificación de la jubilación no debería dejar de lado este tipo de imprevistos.

Para ello es preciso contar con el asesoramiento especializado de un corredor de seguros que analice las concretas necesidades de ahorro de cada persona y le ayude a encontrar las herramientas más adecuadas para ahorrar acorto, medio y largo plazo. Solo de esta manera la fórmula elegida para el ahorro será la más adecuada a la situación personal y familiar de cada asegurado, y adaptada a superfil de riesgo y de inversor, porque no tiene las mismas necesidades de ahorro ni apetito de riesgo un joven de 25 años que acaba de comenzar su carrera profesional, que alguien que acaba de formar su familia o que una persona de 60 años.

jueves, 22 de septiembre de 2016

CLAVES PARA SUPERAR EL SÍNDROME POST VACACIONAL



La vuelta de las vacaciones al entorno laboral puede ser para muchos una tarea difícil. Nuestra mente se acostumbra al ocio y al descanso, cambiamos nuestros horarios, y cuando llega la hora de retomar la rutina diaria todo se nos hace cuesta arriba.

Fatiga, debilidad generalizada, astenia, estrés, ansiedad o hastío son algunos de los síntomas del conocido como “síndrome post-vacacional”, que afecta a un 30% de la población, y que se refiere al período de adaptación a la vida activa después de las vacaciones.

Si bien los síntomas de este síndrome desaparecen a medida que nos adaptamos a la rutina, para prevenirlos, la mayoría de expertos aconsejan programar la vuelta de vacaciones con antelación suficiente, regresar al menos un par de días antes de retornar al trabajo, y si es posible, que la reincorporación se produzca a mediados de semana.

Para allanarnos la vuelta en los primeros días, puede ser recomendable priorizar las tareas más asumibles y sencillas sobre aquellas que requieran un mayor esfuerzo, delegando si es necesario, y evitar llevarnos el trabajo a casa.

A nivel físico, conviene respetar las horas de sueño(8 horas); hacer ejercicio, mejor si es a diario, para liberar endorfinas y luchar contra el estrés; seguir una buena alimentación y moderar el consumo de alcohol y cafeína. Además, es muy aconsejable emplear el tiempo de descanso para realizar actividades gratificantes, salir, ir a la piscina… El fin de las vacaciones no tiene por qué ser el fin de nuestro ocio, se trata de organizarnos y mantener una actitud positiva y proactiva.

Si a pesar de estas medidas, pasadas las semanas,se sigue sintiendo una sensación de malestar, físico o emocional, se puede recurrir a la ayuda de un especialista para que nos oriente en la recuperación de la normalidad de una manera eficaz y progresiva.

CÓMO ASEGURAR EL FUTURO DE LOS ESTUDIANTES



Para muchos padres, el hecho de poder dar una buena educación a sus hijos supone dejarles la mejor herencia del mundo. Cerca ya de la vuelta al cole y del comienzo de las clases, lo cierto es que cada año muchas familias tienen que hacer “ingeniería financiera” para afrontar este trance con la mejor nota posible.

Y, aunque la verdadera cuesta de enero se sufre en septiembre,hay que aguantar el tipo durante todo el año, ya que las familias destinan a la enseñanza una parte muy importante de su presupuesto. En 2013, la OCU realizó una encuesta que situaba el presupuesto medio anual en educación en el entorno de los 1.200 € por hijo en la educación pública, 2.390 € en colegios concertados y 5.200€ en colegios privados. Las matrículas en las universidades públicas se sitúan a partir de los 1.300 € y en más de8.000 € si se trata de una universidad privada.

En tiempos como los actuales, en los que el equilibrio económico de una familia es realmente frágil, buscar formas de asegurar el futuro de la educación de los hijos puede ser un buen plan. Una buena manera de hacerlo es a través de un seguro de Estudios, una modalidad de póliza de vida cuyos beneficiarios son el centro educativo y el estudiante.

El fin de este seguro es garantizar que los alumnos podrán seguir cursando estudios en el mismo colegio o centro universitario, aunque la situación económica familiar empeore porque los padres o tutores legales sufran algún tipo de siniestro cuyo resultado sea el fallecimiento, invalidez o una situación de desempleo. En estos casos,el seguro pasa a cubrir el coste del centro de estudios y, dependiendo del tipo de póliza que se contrate, se pueden incluir garantías adicionales tales como indemnizar también al propio alumno para cubrir sus gastos de manutención.

Existen productos muy variados y flexibles, destinados a cubrir cambios en la situación económica familiar, como los seguros de Protección de Pagos, cuyo objetivo es garantizar el pago de la deuda hipotecaria contraída por una familia y de otro tipo de obligaciones financieras. Del mismo modo, los seguros de Estudios son una fórmula interesante, pues aportan una gran tranquilidad a los padres o tutores que, con ellos, tienen la certeza de que, ante una situación adversa los jóvenes podrán continuar con sus estudios, en las mismas condiciones de siempre. Si alguna vez se ha planteado garantizar la formación -el futuro- de los suyos, le recomendamos que hable con su corredor, quien le informará en detalle de las posibilidades que existen en el mercado y de las características de este tipo de seguros.

lunes, 5 de septiembre de 2016

¿Cómo evitar la fatiga al volante?

El 60% de los españoles que saldrán de vacaciones este verano lo harán en automóvil. La Dirección General de Tráfico(DGT) espera que entre los meses de julio y agosto se produzcan cerca de 84 millones de desplazamientos por carretera, un3,5% más que en 2015.

Conducir es una actividad que requiere de nuestra máxima atención. La monotonía de las vías rápidas y los viajes largos exigen varias horas de concentración que pueden producir fatiga y cansancio, factores éstos que están relacionados con el 20-30% de los accidentes de tráfico,según datos de la DGT.

Si alguna vez le ha pasado, reconocerá los síntomas: estiramientos, bostezos, constantes cambios de postura y acomodos en el asiento que pueden ser el preludio de una de las peores amenazas: dormirnos al volante.

La principal causa de la fatiga es no descansar o no hacerlo adecuadamente,pero hay factores que potencian sus efectos -como la monotonía, la incomodidad,la prisa, el estrés o la ansiedad- y que hay que evitar a toda costa cuando nos enfrentamos a un viaje en carretera.Otros factores que también influyen son el hambre, las comidas copiosas y las enfermedades del conductor.

Si antes de iniciar el trayecto nota que no está “al cien por cien”, aplace el viaje.

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Deportes Nauticos a prueba de riesgo este verano

Agosto es sinónimo de calor, de buen tiempo, de merecido descanso… y de deportes náuticos. Si es aficionado a estos últimos, le sugerimos que se informe de los seguros que protegen a las embarcaciones de recreo más utilizadas en los meses estivales, como las motos de agua.

Ya sea el propietario de una de estas embarcaciones o esté pensando en adquirir una, conviene que sepa que es necesario contar con un seguro de ResponsabilidadCivil (RC) Obligatoria y cumplir con los requisitos que establece el RD 259/2002 de 8 de marzo, sobre medidas de seguridad de las motos náuticas.

Así, para el uso particular de una de estas embarcaciones es preciso contar con el título de Patrón de Moto Náutica A, B o C, Patrón para Navegación Básica, de embarcaciones de recreo, de Yate o Capitán de Yate. Por otro lado, la moto debe estar matriculada en cualquier Capitanía Marítima. Respecto a su uso, el chaleco salvavidas homologado es preceptivo, igual que la edad mínima: 18 años o 16 (con consentimiento escrito de padre/madre o tutor).

En España todas las embarcaciones de recreo o deportivas propulsadas a motor, lo que incluye a las motos de agua, deben contar con un seguro. También es obligatorio para aquellas embarcaciones que, aunque no dispongan de motor, tengan una eslora superior a los 6metros. Navegar sin seguro podría implicar una multa de hasta 20.000 euros.

En definitiva, cada embarcación cuenta con unas necesidades de aseguramiento propias y diferentes, pero todas ellas deben contratar la cobertura de RC Obligatoria, que debe cubrir los posibles daños que puedan causar a terceros,tanto los propietarios de las motos de agua y embarcaciones,como las personas autorizadas para conducirlas o los esquiadores (acuáticos) u objetos que puedan arrastrar.

Hay que tener en cuenta que la legislación española obliga a asegurar las embarcaciones aunque solo estén atracadas a flote, y resulta igualmente necesario cumplir esta medida para poder navegar por aguas territoriales españolas siempre que tengan entrada o salida desde un puerto español, independientemente de que en su país de origen no sea obligatorio disponer de dicho seguro.

Si opta por alquilar una moto de agua en su lugar de veraneo, le recomendamos que confirme que la misma cuenta con un seguro de accidentes. A través de esta coberturas e indemniza a los ocupantes del vehículo o a sus familiares en caso de sufrir un accidente grave, fallecimiento o invalidez, así como los gastos médicos derivados del accidente.El importe de estas indemnizaciones está fijado en el anexo del Reglamento del Seguro Obligatorio de Viajeros.

Disfrutar del tiempo libre en vacaciones no está reñido con la seguridad. A la hora de practicar deportes náuticos ya sea en playas, ríos o pantanos, asegúrese de que la embarcación elegida cuenta con las medidas de seguridad adecuadas y que tiene todos los seguros necesarios en regla para evitar disgustos en caso de sufrir algún percance.

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Seguros para mascotas en vacaciones

Cada vez más hogares españoles cuentan con un animal de compañía,sobre todo, perros y gatos,que son fieles y leales y ofrecen cariño y compañía, pero también precisan de atención y cuidados específicos.

Uno de los momentos más delicados del año para ellos es el verano, cuando llegan las vacaciones y muchas familias no saben qué opciones tienen para sus miembros de cuatro patas.

La solución puede estar en el seguro de mascotas, muchos de ellos, cuentan con servicios adicionales para ayudar a los dueños a planificar sus vacaciones. Así, ofrecen, además de las habituales pólizas de responsabilidad civil (en caso de que el animal provoque daños a un tercero), o la asistencia veterinaria, servicios adicionales como asistencia 24 horas o asesoramiento en materia de residencias y albergues especiales para que las mascotas pasen las vacaciones en un entorno adecuado ya un precio más ventajoso.

Además, estos servicios incluyen el asesoramiento sobre cuál puede ser la mejor manera de viajar con su mascota, los medios de transporte más adecuados para cada animal o qué hoteles permiten la entrada y estancia de animales domésticos. Afortunadamente,es creciente el número de establecimientos (hoteles, restaurantes,etc.) que se declara “petfriendly” y permite a sus clientes alojarse o disfrutar de sus instalaciones junto con sus animales de compañía.

Si decide viajar en coche acompañado por su mascota, elija el sistema de seguridad más adecuado: transportín colocado en el suelo del asiento trasero si es un animal pequeño y un arnés si es de mayor tamaño. Debemos asegurarnos de que nuestro compañero viaje bien hidratado y en buenas condiciones de ventilación. También es conveniente viajar aprovechando las horas más frescas del día y evitar dejar al animal solo en un vehículo cerrado.

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¿Conoce las coberturas de su seguro de comunidad?

Las comunidades de vecinos son, con diferencia,una de las principales fuentes de enfados y discusiones entre vecinos. De acuerdo con un estudio elaborado por la compañía de seguros Mutua dePropietarios e ICEA (Investigación Cooperativa entreEntidades Aseguradoras y Fondos de Pensiones), sólo un 10% de los vecinos acude siempre a las reuniones de la comunidad, que generalmente se celebran sólo una vez al año.

Las causas de este absentismo son variadas, desde la falta de interés (33%), la incompatibilidad de horarios (24%), la desconfianza en las decisiones que tome la mayoría (19%), a evitar el enfrentamiento directo con algunos vecinos (9,6%). En cuanto a las disputas, las principales causas son las reformas comunitarias (28,9%) y la morosidad (24%).

De nuestra comunidad lo que más nos preocupa es el mantenimiento de las zonas comunes y del propio edificio, la morosidad y los vecinos molestos. De esta última preocupación no nos puede proteger un seguro, pero de las dos primeras, sí. El seguro de comunidades es uno de los más extendidos en España,el 90% de las comunidades de propietarios cuenta con uno (aunque su contratación es obligatoria únicamente en las comunidades autónomas de Madrid y Valencia), si bien, de acuerdo con el estudio citado,sólo uno de cada tres vecinos (el 32%) conoce las coberturas de la póliza.

En cuanto a los siniestros más habituales en las comunidades de vecinos, según los últimos datos deICEA, son: los daños por agua (81,5%), los fenómenos atmosféricos (21%), la rotura de cristales (10%)y la responsabilidad civil (8%).

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Como proteger a niños y mayores de los golpes de calor


Recién estrenado el verano, el calor empieza a hacerse notar en toda la geografía española. Ha llegado la horade apostar por vestir ropa fresca y de colores claros,protegerse del sol con sombreros y gafas oscuras y no olvidarse de la crema solar si la exposición al sol va a ser muy prolongada.

Además, debemos ser especialmente cautelosos ante situaciones de calor extremo, cuando nuestro organismo puede tener problemas para controlar el aumento de la temperatura interior, produciéndose una hipertermia o golpe de calor, que puede llegar a ser muy peligrosa, especialmente para los niños y las personas mayores. Los síntomas habituales de la hipertermia leve son: dolores musculares, mareos, vómitos, dolor de cabeza e hipotensión.

Para prevenir los golpes de calor, los médicos dictan una serie de consejos: desde no hacer esfuerzos o ejercicio físico en las horas centrales del día, evitar salir a la calle en las horas de más calor, protegerse del sol de forma adecuada, evitar comidas copiosas y estar bien hidratado a través de la ingesta de líquidos, evitando los azucarados,que pueden incrementar la deshidratación –mejor agua,zumos naturales o sopas frías, como el gazpacho-, cerrarlas ventanas si la temperatura exterior es superior a la interior y procurar pasar el tiempo en lugares con airea condicionado.

Y hay que tener especial cuidado con los vehículos. En un día soleado, una temperatura moderada de poco más de 20 grados en el exterior puede aumentar la temperatura interior de los coches hasta superar los 40 grados.

De acuerdo con un estudio elaborado por la AsociaciónEspañola de Pediatría y Fundación Mapfre, un menor que permanezca desatendido en un vehículo durante tan solo10 minutos seguidos, a una temperatura exterior cercana a los 25 grados, tiene muchas posibilidades de sufrir un golpe de calor.

Bajar las ventanillas no soluciona este problema, por lo que es necesario evitar dejar a los niños o personas mayores solos en el interior del vehículo, algo que ocurre más veces de lo que se piensa.

La Asociación Profesional de Técnicos de Bomberos (APTB), ha denunciado que los golpes de calor acaban todos los años con la vida de muchas personas. Por ello,esta asociación recomienda que si observamos a niños o personas mayores en el interior de un vehículo, con riesgo de sufrir un golpe de calor, avisemos a los servicios de emergencia (112). También aconsejan intentar abrir el automóvil, pero haciéndolo siempre de forma segura, por ejemplo, rompiendo el cristal de una ventanilla que esté lo más alejada posible del ocupante.

En el caso de que se encuentre ante una persona que sufre un golpe de calor, los expertos recomiendan, si el paciente está consciente, tumbarle boca arriba en un lugar fresco, aflojarle la ropa, colocarle compresas frías y ofrecerle agua. Tan pronto como se recupere es importante trasladarle a un centro sanitario para que le examine un médico.

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miércoles, 2 de marzo de 2016

El Mystery Shopper llega al sector asegurador


El Mystery Shopper es una técnica utilizada para medir la calidad de la atención al cliente por parte de las empresas. Los clientes misteriosos actúan como clientes normales que realizan una compra o consumen un servicio con el objetivo de evaluar el servicio recibido por los vendedores. Durante la compra, la figura del Mystery Shopper debe realizar diversas actividades como comprar un producto, hacer preguntas o registrar quejas para finalmente proveer reportes detallados sobre sus experiencias. Una vez finalizado el encargo, el cliente misterioso tendrá que rellenar un minucioso cuestionario y contestar a preguntas sobre todo lo que ha observado durante su experiencia como comprador. Las preguntas de estos cuestionarios varían en función de la actividad de cada empresa, algunos ejemplos podrían ser: ¿El camarero le atendió a los 5 minutos de llegar?, ¿Le comentó el dependiente que ese mes había una promoción especial?, ¿Le solucionó las dudas de manera rápida y eficaz?, entre otras.

El motivo por el cual se llama Mystery Shopping es que a los inspectores de servicios se les exige llevar a cabo sus valoraciones objetivamente y sin llamar la atención, evitando que los dependientes o vendedores les traten de forma diferente o especial al del resto de clientes.

Recientemente, la técnica del Mystery Shopper ha llegado al sector asegurador de la mano de la DGSFP que va a iniciar acciones de Mystery Shopping en las aseguradoras con el objetivo de detectar malas prácticas en la comercialización de productos aseguradores. Esta técnica tiene la aprobación de la nueva Ley 20/2015 de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reasegurados, cuyo artículo 124 permite al supervisor realizar inspecciones sin que los inspectores se identifiquen. Una forma de trabajar que, desde hace tiempo, también se utiliza en otros sectores como el financiero.

La práctica de este método se extiende a los mediadores, ya que pueden ser objeto de visitas de estos compradores misteriosos (en este caso inspectores de la DGSFP) quienes comprobarán como meros clientes de qué manera se comercializan los diferentes productos aseguradores y así poder levantar actas de inspección en caso de ser necesario. El Mystery Shopping llega como nuevo instrumento en el sector y convertirse en una palanca que sirva para orientar los sistemas de distribución a la protección del cliente.

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Seguros de impago de alquiler

Aumentas las contrataciones de seguros de impago de alquiler

Uno de los principales temores de los propietarios de viviendas al alquilarlas es que los arrendatarios dejen de pagar las mensualidades correspondientes, especialmente en momentos de crisis como el que estamos viviendo en España los últimos años. Este hecho repercute muy negativamente en el arrendador, quien debe invertir tiempo y energía en un proceso judicial largo y costoso. Debido a este miedo, entre otras cuestiones, hay propietarios que no se deciden a poner su propiedad en alquiler.

Una buena solución para tener las espaldas cubiertas en dicha situación es contratar los seguros de impago del alquiler. Según datos del Observatorio Español de Alquiler (OESA), la contratación de seguros por impago del alquiler se multiplicó 2,5 veces en el 2014, tras haberse triplicado ya en el 2013. Estos datos hacen pensar que la tendencia seguirá creciendo en los próximos años, pues el mismo Observatorio Español de Alquiler apunta que el 25% de los alquileres que se cierran actualmente en España, ya cuentan con este tipo de seguro. Es más, la previsión del OESA es que uno de cada dos alquileres realizados en España en 2017, se cubra con un seguro de alquiler.

Este aumento de contratación de los seguros de impago del alquiler se debe a que, en los años de crisis, la morosidad ha crecido mucho. Concretamente, durante los años 2013 y 2014, la morosidad media sobre los arrendamientos urbanos se incrementó en un 11,9% y, según datos del “VII Estudio FIM sobre morosidad de arrendamientos en España 2014”, elaborado por Alquiler Seguro a partir de datos del Fichero de Inquilinos Morosos (FIM), la cantidad media de morosidad en los alquileres era de 6.489 euros. Con estas cifras, es comprensible que los arrendadores quieran alquilar su casa con seguridad y prevenir los posibles problemas.

¿Pero qué ofrecen exactamente estos seguros?


Cada póliza es distinta en términos generales, los seguros de impago de alquiler cubren las mensualidades que el inquilino moroso no ha pagado (generalmente, hasta 12 meses). En caso de llegar a juicio y que el propietario se viera obligado a solicitar el desahucio del inquilino moroso, el seguro también cubriría su defensa y el asesoramiento legal. Debemos tener en cuenta que, como en todos los seguros, hay distintos tipos de cobertura dependiendo de cada compañía aseguradora.
En cualquier caso y según revelan las cifras, parece que a los propietarios les compensa pagar un seguro de impago de alquiler, que ronda los 250 euros anuales, y ganar en tranquilidad.

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miércoles, 3 de febrero de 2016

Seguro Sobre Ruedas

En muchos países europeos se ha visto como la bicicleta se abría paso, no solo a nivel de práctica deportiva, sino como medio de transporte, por sus indudables beneficios: es barato, nos ayuda a estar en forma y no contamina. En España el 49,6% de la población utiliza la bicicleta con alguna frecuencia, mientras que un 10% la utiliza a diario o casi, según el Barómetro de la bicicleta en España 2015 realizado por GESOP. Estos datos, contrastan con los ofrecidos el año 2011 por el mismo barómetro, cuando un 40,3% utilizaba la bicicleta con alguna frecuencia y un 7,4% la utilizaba de forma diaria. Esta creciente tendencia ha motivado que el sector asegurador haya comenzado a pensar en estos usuarios, ofertando seguros específicos que protegen tanto al ciclista como a su vehículo. Las pólizas más básicas generalmente cubren la responsabilidad civil del usuario y su asistencia en viaje (incluyendo búsqueda y localización, desplazamiento, etc.), pero además de éstas existe un amplio espectro de coberturas, altamente recomendables, que podemos contratar para garantizar nuestra protección si somos aficionados a la bici. Entre ellas: 

Defensa y protección jurídica: en caso de reclamaciones y conflictos judiciales derivados de la utilización de la bicicleta. Accidentes personales: incluyen gastos médicos, farmacéuticos y de hospitalización en caso de accidente. 

Cirugía plástica y reparadora: asumen los gastos derivados de la eliminación de las cicatrices y otras marcas estéticas que se hayan producido en la práctica del ciclismo. 

Asistencia personal: cubren la contratación de personal necesario para realizar aquellas tareas que como consecuencia del accidente no se puedan desempeñar, como el cuidado de menores. 

Robo: cubren la sustracción de la bicicleta, siempre y cuando hayamos tenido la precaución de dejarla convenientemente protegida -encadenada por el cuadro a un elemento inmóvil con candado homologado y con candado de seguridad si la dejamos en el exterior de nuestra vivienda. 

Daños por accidente: los que pueda sufrir el cuadro (estructura) de la bicicleta. 

Si queremos disfrutar de nuestras dos ruedas con la máxima tranquilidad, puede ser muy recomendable informarnos para valorar la contratación de un seguro de estas características.

Derechos y Libertad del Consumidor

Es relativamente habitual que entidades financieras intenten imponer a sus clientes la contratación de una póliza de seguros de una compañía concreta a cambio de la concesión o mejora de las condiciones de algún producto financiero, como un préstamo. En esta tesitura, el cliente se siente muchas veces obligado a contratar un seguro que no ha elegido, quizás no necesite y que en cualquier caso, no recoge sus necesidades.

Esto resulta especialmente frecuente en el caso de los créditos hipotecarios, en los que el banco presiona para que el cliente contrate el seguro del hogar y/o de vida, bajo el argumento de que dichos seguros son de carácter obligatorio. Se trata sin embargo de una justificación falsa, ya que el único seguro que tiene este carácter es el de incendios.

A pesar de que muchas entidades financieras siguen actuando en la misma línea, el consumidor debe saber que no está obligado a aceptar dichas imposiciones, ya que la Ley defiende su derecho a la libre elección. Como siempre, tener la información necesaria facilitará al usuario tomar la mejor decisión.

miércoles, 6 de enero de 2016

¿A quién cubre mi póliza de automóvil?

Una de las preguntas más frecuentes en el momento de contratar un seguro de coche es saber si, en caso de accidente, los ocupantes del vehículo están cubiertos y de qué manera. La respuesta es sencilla; para la circulación de vehículos a motor, el seguro obligatorio de Responsabilidad Civil ampara los daños provocados por el conductor del vehículo causante al resto de personas y bienes. El objetivo es garantizar a los ocupantes transportados una cobertura contra el riesgo de accidentes corporales que puedan sufrir en cualquier siniestro.

Siguiendo la ley, este seguro cubre la responsabilidad civil del conductor frente a terceros (los otros ocupantes del coche), pero excluye la cobertura de los daños que sufra el conductor y/o el vehículo cuando sean los causante del accidente.

Es importante tener en cuenta que hay varias situaciones que quedan excluidas de cobertura, como por ejemplo:

  • Daños sufridos por el conductor causante del accidente. 
  • Daños sufridos por el vehículo asegurado. 
  • Daños sufridos por los bienes que transporta, así como los que sufran los bienes propiedad del tomador, el asegurado, el propietario, el conductor, así como los del cónyuge o los parientes hasta el tercer grado de los anteriores. 


Así pues, teniendo en cuenta que el seguro citado anteriormente es un seguro de suscripción obligatoria, los ocupantes del seguro (distintos del conductor) tendrán cobertura a través del mencionado seguro con los límites establecidos legalmente, en concreto 70 millones de euros por siniestro para daños a las personas (con independencia del número de víctimas) y de 15 millones de euros por siniestro para daños a los bienes.

Para garantizar una total tranquilidad en la carretera, no es de extrañar contratar un seguro complementario específico para el conductor. Dicha cobertura puede incluir desde compensación económica al conductor por los daños físicos permanentes que pueda sufrir (invalidez total o parcial ) o asistencia sanitaria hasta una indemnización a sus beneficiarios o a determinados familiares en caso de fallecimiento.

#SegurosRemolíBeltrán #SegurodeResposabilidadCivil‬

Seguro de decesos, una previsión a tener en cuenta

En España, el seguro de decesos es, tras el seguro de coches, el tipo de póliza más extendida entre las familias. De hecho, unos 20,9 millones de personas de los 46,5 millones de residentes en nuestro país tienen cubierto su entierro por una de estas pólizas, de acuerdo con datos recabados por ICEA. Hablamos del 45% de la población y más de la mitad de los hogares españoles.

Es importante tener en cuenta que la media del coste de un entierro está en los 3.000€, teniendo presente que esta cantidad puede variar según algunas condiciones tales como el lugar o simplemente los deseos del contratante.

Estos seguros pueden compensar al cliente a través de indemnización o por la prestación de servicios. La indemnización por deceso significa que llegado el momento de un fallecimiento, el contratante recibirá la cantidad acordada, que va en relación con lo aportado y con lo firmado. La prestación de servicios implica que en el momento de un fallecimiento, la empresa se hará cargo de los servicios contratados e incluidos en la póliza.

Ante la posibilidad de contratar un seguro de decesos, lo mejor es tener claras las condiciones y comparar entre las distintas alternativas del mercado, no todos los seguros son válidos para todos los clientes.