lunes, 23 de junio de 2014

Disfruta de tu “mejor amigo” sin sobresaltos

Según un reciente estudio, en España 3.766.000 de hogares tienen un perro y el 70% de ellos están asegurados. Aparte del perro, en el ranking de mascotas más comunes del mundo encontramos (por este orden): gatos, hámsters, peces, ratones, conejos de indias, pájaros, serpientes e iguanas.
Muchas están aseguradas para cubrir los imprevistos que pueden surgir durante la vida del animal.



¿Cuándo asegurar tu perro? 


Es obligatorio si está considerado potencialmente peligroso (pitbull, rottwailler, pastor alemán, bull terrier, husky siberiano, dogo argentino, doberman, alaskan malamutes y mastín napolitano). En este caso, debes suscribir una póliza de Responsabilidad Civil con un capital mínimo de 120.202 euros.

En el País Vasco y Madrid es obligatorio asegurar tu perro sea cual sea la raza, pero en el resto de España es opcional.

Un seguro de Responsabilidad Civil para tu perro puede cubrir mordeduras, accidentes con rotura de objetos de valor,... Además existen los seguros veterinarios para problemas de salud; aunque algunas de estas incidencias están incluidas en tu seguro de Hogar, ya que normalmente se les considera parte del contenido de la vivienda.

Perros y gatos en el coche cubiertos por tu seguro de Automóvil


Cuando transportas tu mascota en el coche, debe viajar siempre bien protegida.
Los gatos en unos “transportadores” especiales y los perros en la parte trasera debidamente enjaulados. Si se produce un accidente y tu mascota resulta herida, el culpable corre con los gastos veterinarios.
Si somos nosotros los culpables de la colisión, debemos comprobar si en nuestra póliza existe una cláusula que incluye el equipaje del vehículo, ya que también incluiría a los animales, o bien si estuvieran protegidos como “mobiliario transportado” por el seguro de Hogar.

Si la mascota muere en el accidente, lo más lógico es que la indemnización cubra su valor de mercado en ese momento. Como siempre, te recomendamos que te acerques por nuestras oficinas para ver la mejor forma de proteger a tu mascota.

Pepe, el propietario del 2º B, ya no paga las cuotas de tu comunidad

En el edificio donde vives, un vecino tiene alquilado su piso para despedidas de solteros y todos los fines de semana montan juergas que no te dejan dormir.
Para colmo, a José Sánchez, el propietario de esta vivienda, que además es el presidente de la comunidad, no le da la gana pagar las cuotas mensuales.


Y, encima, se ha producido un accidente con el ascensor y te han dicho que no hay dinero en la cuenta de la comunidad y que lo tienes que pagar tú y los demás vecinos.
¿Sabes por qué? Porque tú y el resto de propietarios sois los responsables de todo lo que ocurre en tu comunidad, salvo que tengáis contratado un seguro que se haga cargo.

¿Y qué más puede pasar en tu edificio?


Pues mucho más: incendios, roturas, daños por agua y fenómenos climatológicos adversos, actos malintencionados o vandálicos, avería de maquinaria y un largo etcétera.

¡No te preocupes! En esta vida casi todo tiene remedio y estos problemas también.

El “seguro de comunidad” no es legalmente obligatorio, pero SÍ absolutamente imprescindible, porque cuando empiezan a torcerse las cosas, el vecindario se pone nervioso y nadie reconoce la culpa de nada, y al final, ¿quién la paga?
Para eso se inventó este seguro que cubre todas las incidencias de los bienes y propiedades de tu comunidad de propietarios.

¿Qué debes pedirle a un buen seguro de comunidad?


Que tenga todas las coberturas básicas más la responsabilidad civil para proteger los daños que puedan causarse a terceros.
Que se adapte a las necesidades de tu edificio.
Que te preste asistencia permanente.
Que actualice el valor del capital asegurado para que pagues el precio justo.
Y, si quieres, incluye extras que te pueden resultar muy útiles, como por ejemplo;
- Reclamación a propietarios por impago de gastos.
- Desatascos de tuberías comunitarias.

Consejo: Es importante que combinemos adecuadamente tu seguro de hogar con el seguro de tu comunidad, sin duplicar las coberturas de uno y otro.