miércoles, 21 de agosto de 2013

¿Qué es y qué cubre la Asistencia en Viaje?

Viaja y disfrutade tus vacaciones. Lo verdaderamente importante es que viajes tranquilo y que, si te ocurre algo, cuentes con un Seguro de Asistencia en Viaje que responda inmediatamente.


La Asistencia en Viaje te ayuda con los percances que puedas sufrir en tu vehículo mientras te desplazas. ¿Cuáles son esos percances? Normalmente, este tipo de seguros prestan asistencia tanto al vehículo como a las personas que viajan en él. Las situaciones más comunes en las que utilizas un seguro de Asistencia en Viaje son:

1.- Para el vehículo. Necesitas un servicio de asistencia para reparaciones urgentes “in situ”. Por ejemplo: remolcar tu coche hasta un taller, una batería descargada, pérdida de las llaves, un pinchazo…o rescate del vehículo. Algunos seguros hasta incorporan el suministro de gasolina en caso de quedarte “tirado en la cuneta” con el depósito vacío.

2.- Para las personas. Si te quedas con el coche inmovilizado por avería o accidente, necesitas asistencia no sólo para ti, como conductor, sino también para tus acompañantes. En este caso, dispones de transporte hasta tu domicilio, vehículo de sustitución, envío de un conductor (si fuera necesario), traslados sanitarios e, incluso, billetes de ida y vuelta para familiares en caso de hospitalización…

El seguro de Asistencia en Viaje es mucho más completo, pero estamos sujetos a las limitaciones de espacio. Cualquier duda, consúltanos y te ayudamos a escoger un seguro a la medida de tus viajes. ¡Felices vacaciones!

¿Los seguros tienen IVA o están exentos?

Los seguros están exentos de IVA, así viene recogido en la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido. Sin embargo, en el recibo de tu póliza aparecen una serie de cargos aparte que pueden llevarte a confusión. Y es que los seguros están gravados por conceptos especiales, aunque no tengan IVA.

Dependiendo del tipo de seguro, puedes encontrar: el Impuesto sobre Primas de Seguro (6%); una tasa denominada de distintas formas según la compañía (D.G.S. CLEA, etc...,) que supone un 0,15% sobre la prima; también está la Prima destinada al Consorcio de Compensación de Seguros (de la cual ya hemos hablado y que sirve para cubrir “grandes catástrofes”...) o el recargo por fraccionamiento de pago.

Y... ¿me puedes decir si los seguros desgravan?

Pues algunos SÍ. Fundamentalmente desgravan los Fondos de Pensiones y los Seguros de Vida Dependencia (cuando una persona necesita ayuda de terceros para el “día a día”, ej. Un enfermo de Alzheimer). También desgravan los seguros de hogar y los de vida cuando están vinculados directamente a la hipoteca de tu vivienda habitual (lo cual, no significa que tengas que contratarlos directamente con la entidad financiera). Si eres autónomo también podrás desgravarte los seguros de vida si los contratas en una entidad de previsión social.

Reclamaciones en espacios públicos

Muchos de los seguros que contratas cubren más incidencias de las que a primera vista parece. Infórmate bien para que aproveches al máximo las coberturas que te ofrecen. Supongamos que te caes en la calle o en un centro comercial.

Desafortunadamente te rompes el brazo derecho. Vas al médico que te pone escayola y te da 1 mes de baja en el que no puedes trabajar, ves reducidos tus ingresos… y no sabes qué hacer. Ante todo tranquilizarte, tomarte la vida con filosofía y, ¡muy importante!, revisar tus pólizas de seguro o llamarnos para que te asesoremos. Como te comentamos en el artículo sobre Defensa Jurídica de esta página, algunos de tus seguros pueden ayudarte a la hora de hacer este tipo de reclamaciones.

Es recomendable que revises bien tus seguros de Hogar, Accidentes, etc... Pero tampoco hay que pasarse. Puedes reclamar siempre que sea justo y realmente atribuyas a un tercero una conducta culposa o negligente. Por ejemplo daños consecuencia de una acera en mal estado, obras no señalizadas, caída de señales... Pero… ¡Ojo! Un resbalón en la calle con tus zapatos de cuero a consecuencia de la lluvia… ¡NO vale!

¿Qué es la Defensa Jurídica?

Es una cobertura que puedes contratar como póliza específica o bien puede estar incluida en tu seguro del coche o de hogar... Implica la prestación de servicios de asistencia jurídica y judicial y cubre los gastos que conlleva tu defensa o reclamación. El seguro Defensa Jurídica te protege ante cualquier imprevisto legal, te defiende en la resolución de tus problemas legales y se ocupa de la reclamación y defensa civil (o penal en algunos casos). Al contratarlo, es habitual que trabajes con un abogado asignado por la compañía, aunque también puedes escogerlo tú mismo (con los límites establecidos por la aseguradora).

Cuando contratas directamente la póliza de Defensa Jurídica, suele incorporar coberturas más completas que cuando forma parte de otros seguros.
Sin embargo, no debes perder de vista esta opción muy habitual en los seguros de Hogar, porque incluye temas tan interesantes como las reclamaciones de tu vivienda por obras de reparación y mantenimiento, actividades molestas, desperfectos de la comunidad de vecinos… y un largo etcétera.

Un banco niega una indemnización por obeso

Una persona obesa acude a su banco para contratar un préstamo por 9.600 euros. El banco le “recomienda” contratar un seguro de vida para garantizar el pago. Obviamente el empleado que le atiende observa su obesidad, pero no le pide informes médicos, a pesar de que la obesidad es un factor de riesgo.

Fallece el cliente y, entonces sí, el banco reclama a la viuda los informes médicos donde ya se alertaba sobre obesidad y, también, diabetes. El banco se niega a pagar la indemnización afirmando que la causa de la muerte fue una enfermedad anterior a la firma del seguro y que el cliente había ocultado. Ante la evidencia de que el cliente difícilmente pudo ocultar su obesidad ante el agente del banco que contrató el seguro, el juez condena a pagar al banco que “no se percató” de la obesidad y defiende al fallecido porque no actuó de mala fe.

El seguro de Viaje NO cubre las cornadas de San Fermín

Con motivo de los Sanfermines, el Foreign Office (Ministerio de Asuntos Exteriores británico) advirtió a todos sus compatriotas que los seguros de Viaje no cubrían las heridas por cornadas que podían sufrir en el encierro.


Correr delante de los toros es lo que se llama “un riesgo agravado” que no tiene mucho que ver con el mero hecho de salir de viaje. Por eso, esta actividad está considerada como peligrosa. Una cosa es estar bien asegurado y otra muy diferente tentar a la suerte. De hecho, algunos corredores terminaron las fiestas gravemente heridos.

viernes, 2 de agosto de 2013

Si regresas a casa tan feliz como te has ido, has tenido unas buenas vacaciones.

¿Por qué escoger bien tu seguro del hogar?


Estás tumbado en la playa, bebiendo un zumo de frutas. Tu mujer duerme tranquila a tu lado y los niños se bañan en el mar. Te sientes relajado y tranquilo porque eres previsor.



Los siniestros más comunes.
Los problemas más comunes se producen por un grifo abierto. Así que tú has cerrado correctamente, no sólo el grifo y las llaves de paso del agua y el gas, sino también las puertas y ventanas. Has dejado unas llaves a una persona de confianza que acude regularmente a tu casa para recoger la correspondencia, subir y bajar las persianas, colgar algo de ropa en el tendedero... Da la sensación que sigues estando en casa. Y tienes cuidado con las redes sociales. No vas a publicar fotografías de tus vacaciones porque los “cacos” las utilizan para detectar si tienes la vivienda vacía.

Tu coche siempre a punto.
Antes de salir de viaje, lo has revisado: luces, anticongelante, líquido de frenos, dirección y neumáticos. Has repartido equitativamente la carga del maletero y no dejas objetos sueltos en la bandeja ni entre los pasajeros. Tienes definido el itinerario del viaje largo y de las excursiones previstas y si te equivocas de camino, continúas hasta el próximo cambio de dirección. Has dormido bien y paras cada 2 horas (nunca más de 3) para estirar las piernas, y nunca miras el reloj porque te da igual la hora de llegada. Aunque sabes que el reglamento no prevé sanción por no llevar el recibo, tú lo llevas siempre, junto con la tarjeta o teléfono de Asistencia en Viaje y un ejemplar de la Declaración Amistosa de Accidente. No cuesta nada, y tienes “a manolos datos del seguro en caso de necesidad.

Coberturas de equipaje
La mayor parte de las pólizas integrales incluyen los seguros de viaje. Algunas, hasta contemplan la búsqueda de un equipaje extraviado y su envío posterior. Si pagas un pequeño costo adicional, cubren la indemnización por el retraso en la entrega del equipaje o el envío de objetos olvidados.
Atención porque SÍ existe un límite en los reembolsos de joyas, gafas, artículos electrónicos y equipos fotográficos.

Consúltanos y te explicamos cuál es. Y ten presente que algunos seguros de hogar incorporan una cláusula que ampara la cobertura de tu equipaje en caso de accidente.

Y si pasa... ¿Qué haces?
El siniestro “es un acontecimiento que origina unos daños personales o materiales garantizados por tu póliza de seguros hasta el importe pactado”.
Siempre pensamos en siniestros negativos, pero también hay siniestros positivos como cuando percibes una renta por tu jubilación. ¡Si no sucede nada malo, MEJOR! Lo importante es que estás protegido desde la contratación de tu seguro.

¿Qué hacer si tienes un siniestro?
Procura rescatar todo lo que puedas y vienes a “dar parte” a nuestra correduría para contar qué ha ocurrido. Mientras nos ocupamos de los trámites, debes enviarnos toda la documentación que tengas: facturas, informes médicos, fotografías... Si hay alguien afectado, comunícale que estás asegurado. A partir de este momento, nuestra correduría se ocupa de hablar con la compañía para que se tramite con éxito el siniestro. Recuerda que los siniestros de asistencia puedes gestionarlos tú mismo, llamando al teléfono de la aseguradora, en el que te atienden rápidamente. Durante toda la tramitación hasta la resolución final del siniestro, nuestra correduría está pendiente del proceso, defendiendo tus intereses. Esto es lo que nos diferencia por ser Corredores de Seguros.

¿Qué es “vida riesgo”? ¿Y... “vida ahorro”?
El seguro de vida Riesgo es un contrato de previsión contra un riesgo determinado: la muerte del asegurado. El seguro de vida Ahorro es un producto para obtener rentabilidad, aprovechándote de importantes ventajas fiscales.

Vida Riesgo
Pagas una sola cuota o varias cuando suscribes este seguro. En caso de muerte, la compañía aseguradora abona el capital pactado a los beneficiarios.
El coste de la póliza varía atendiendo a los siguientes criterios:

• La edad del asegurado y la profesión o los agravantes que puedan existir, como deportes de riesgo, etc. Se evalúan las tablas de mortalidad según la esperanza media.
• El estado de salud al suscribir la póliza.
• El importe que percibirán los beneficiarios, que puede abonarse de una vez o en varias rentas.

¿Cuándo te lo recomendamos?
Debes contratarlo cuando aún eres joven y tienes necesidades y compromisos financieros (hipotecas, créditos, hijos a tu cargo…). Te recomendamos reducir el capital asegurado, y por tanto la cuota, según decrecen tus responsabilidades (ya has pagado la hipoteca, no debes nada al banco o tus hijos son independientes…).

Vida Ahorro
Son seguros de jubilación o planes de ahorro asegurado. En estos contratos aseguras un capital con una rentabilidad determinada a un plazo fijado. Con tus ahorros puedes financiar algo en concreto: la educación de tu hijo, la boda de una hija o tu jubilación.
Su rentabilidad está garantizada y se va acumulando a las primas satisfechas. Según el plazo del contrato te beneficias de distintos tramos fiscales.
Tus aportaciones económicas pueden ser:
• Periódicas.
• A prima única. Con la aportación inicial de todo el capital.
¿Cuándo te lo recomendamos?
Cuando vas cumpliendo años y piensas en tus ingresos futuros. Si te acercas
a la jubilación, incrementa las cuotas porque tus ahorros te vendrán muy bien cuando dejes de trabajar.
¡Consúltanos! Comprobarás que existen opciones solventes y seguras.

Seguro contra abducciones extraterrestres.
Estados Unidos, a partir de 1987. St. Lawrence vendió más de 20.000 pólizas de este seguro y pago 2 siniestros de 150.000 dólares cada uno.
¿Cómo es posible? Parece ser que el señor Lawrence creía en los extraterrestres. Las coberturas son impecables: indemnizaciones por “años de secuestro en el planeta alienígena”, por violación extraterrestre o embarazo (incluso en hombres).
Aunque te sorprenda esta anécdota, es cierta, ¡sé que tú no lo contratarías pero, nosotros tampoco te dejaríamos!

El gobierno pide transparencia en las hipotecas bancarias.

El Gobierno español ha solicitado al Banco de España que haga cumplir la sentencia del Tribunal Supremo sobre las denominadas “cláusulas suelo” en las hipotecas (9 de Mayo de 2013). El Alto Tribunal había reiterado su nulidad si se detectaba en los contratos hipotecarios falta de transparencia a los consumidores. En los últimos meses, el Euribor cotiza en zona de mínimos históricos, lo cual perjudica a los hipotecados que no pueden beneficiarse de esta rebaja. Es ahora cuando se ponen de manifiesto las enormes diferencias entre las hipotecas con cláusula suelo y las que no la tienen.