sábado, 7 de diciembre de 2013

Aligera tu IRPF de 2013 y prepara tu Plan de Pensiones antes de fin de año

Estás a punto de terminar el 2013. Tienes más de 40 años, eres una persona previsora y ya hascalculado que tendrás que pagar en tu próxima declaración de la renta. ¡Todavía estás a tiempo de ahorrarte algún dinerillo! Así que contrata un Plan de Pensiones antes de fin de año o revisa el que ya tienes.

Probablemente cuando llegue el momento de tu jubilación tu mayor preocupación sea esa “pensión” que te queda después de toda una vida trabajando, y eso si tienes suerte. Calcular el tiempo realmente cotizado, las cantidades realmente cotizadas, hacer cuentas para ver si llegarás a fin de mes…verdaderos quebraderos de cabeza, que actuando con antelación, se pueden evitar a través de un producto de este tipo que te permitirá, cuando te jubiles, exprimir tu tiempo probando nuevas experiencias, y a la vez aligeras tu IRPF.

En el momento que dejas de trabajar, escoges entre dos opciones: seguir con tu mismo ritmo de vida o adaptar el bolsillo a tu jubilación del Sistema Público de Pensiones. Por eso quieres planificar y asesorarte convenientemente.
Hoy los mayores de 65 años suponen el 17% de la población española, pero en el 2052 ya seremos un 27%. ¿Necesitas más argumentos para tu Plan de Jubilación?

• Los Planes de Pensiones ofrecen una rentabilidad muy interesante (según INVERCO, Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones, “la rentabilidad media anual para el total de Fondos se situó en octubre 2013 en el 10,2 %).

• Representan interesantes beneficios fiscales, con importantes bonificaciones y deducciones en tu IRPF y además los derechos consolidados están exentos de tributación en el Impuesto sobre el Patrimonio.

• Y además, son “inembargables”, según sentencia del Tribunal Constitucional del 2009: “los derechos consolidados no pueden ser objeto de embargo”.

• Y muy importante, permite el rescate en situaciones de necesidad del beneficiario, como desempleo de larga duración, enfermedad grave, invalidez o riesgo de desahucio. Ahora, el Gobierno proyecta cambiar la norma para que también se pueda disponer de las cantidades aportadas con al menos diez años de antigüedad. ¿Ves cómo merece la pena? “El dinero no da la felicidad, pero ayuda a conseguirla”, fijándote metas tangibles, que dan sentido a tu vida. Aquí los previsores, como tú, jugáis con ventaja.

“¿Están todos los que son? o ¿Son todos los que están?” Comparadores “on line”

Según la consultora “comScore”, los comparadores por internet de pólizas de seguros tienen más de 1 millón de visitas únicas al mes en nuestro país. Al leer estos datos, rápidamente nos vienen a la cabeza nombres de páginas web que registran importantes tasas de crecimiento mensuales. Casi todas ellas recomiendan la contratación de seguros de Automóvil. Tanto es su auge, que la Comisión Europea está preparando una Directiva que ponga los puntos sobre las “íes” y aclare qué requisitos deben cumplir estos comparadores. En España, el Ministerio de Economía, también trabaja en la aplicación de esta norma comunitaria a la distribución de seguros.

¿Pero..., quiénes son los dueños?

En muchas ocasiones, los propietarios de los comparadores son aseguradoras. Una circunstancia que no queda suficientemente aclarada en algunos portales. Esto puede derivar en sospechas que inducen a pensar en una menor objetividad de la web al realizar las comparativas de precios y en muchos casos el precio es estimado y al contratar la póliza ésta sale mucho más cara.

Es cierto que la integración de una compañía de seguros en un comparador es una acción voluntaria. Sin embargo, sorprende observar cómo alguno de los portales “on-line” más importantes de nuestro país, NO incluye en su catálogo comparativas de otras compañías españolas, muy destacadas dentro del sector asegurador. De ahí la pregunta: “¿Están todos los que son?” o “¿SÓLO son todos los que están?”

Esquí, Snowboard, montaña...Seguros para deportes de invierno

Quizá el más habitual es el esquí, pero todos los deportes de invierno son asegurables. Desde asistencia personal (accidentes, repatriación por enfermedad, fallecimiento...), hasta seguro de equipaje (por pérdida o robo), incluso cancelación; son algunas de las coberturas más habituales de una póliza para deportes de invierno.
La práctica de estas actividades implica un riesgo. Puedes sufrir pequeñas lesiones (como fracturas o esguinces) o accidentes más graves. La ventaja de este seguro es que puedes contratarlo por una temporada completa o por un sólo día. Las compañías son muy flexibles y se acomodan a la regularidad con que haces deportes de invierno. Hasta contemplan los rescates en helicóptero (si fueran necesarios) o la devolución del importe de los “forfaits” (en el caso del esquí). Los precios varían si te ejercitas en España, en el extranjero y si vas sólo o con toda la familia. Pero tranquilo... Hablamos de primas muy económicas que van desde un día a largas temporadas.
Cómo conseguir una buena póliza
• Frecuencia de tu práctica. No es lo mismo un día que todos los fines de semana.
• Experiencia. ¿Eres profesional? ¿Aficionado? ¿Cuánto tiempo llevas con este deporte?
• ¿Dónde? ¿En España o también en el Extranjero?
• ¿Sólo o acompañado? Analiza bien si quieres un seguro para ti (si viajas sólo) o para toda la familia, para tu grupo de amigos o incluso un grupo grande perteneciente a un club o asociación de actividades deportivas.
• ¿Sólo, en familia, con amigos…? Analiza bien si quieres un seguro para ti (si viajas sólo) o para toda la familia (si vas acompañado) o si vais en grupo.
• Garantías que quieres cubrir. Escoges entre un amplio abanico: responsabilidad civil, servicios que NO has podido disfrutar, defensa jurídica...
• Coberturas especiales, como los rescates en helicóptero que comentábamos al principio.
Como siempre decimos: tú preocúpate de disfrutar que nosotros nos ocupamos de tu póliza.

Un Papá (“de pelo en pecho”) con barba

Lloyd´s es una de las aseguradoras más famosas del mundo.
Papá Noel, también es uno de los personajes más famosos del mundo. Cada Navidad, Brady White se transforma en el Santa Claus de la tienda Macy´s de Nueva York. Brady es previsor y ha asegurado su barba (a la que llama “distintivo navideño”) para evitar sorpresas.

Por cierto, que aparte de la barba, Lloyd´s también ofrece una póliza para los hombres de “pelo en pecho”. Si la tienes contratada y un experto resuelve que has perdido más del 85% de tu vello pectoral, estás en todo tu derecho de cobrar tu indemnización.

¡Vivir para ver!

“No es oro todo lo que reluce”: Santander Seguros Protección de Pago

Según distintos medios se calcula que el Grupo Santander tendría que abonar 842 millones de euros en indemnizaciones del Reino Unido por la “comercialización defectuosa” de uno de sus seguros, que estaba vinculado con préstamos personales.

La avalancha de demandas judiciales que se han presentado por este concepto, hace referencia a los seguros de protección de pago que se contrataron hasta 2009.


Esta cifra, prevista en las cuentas del grupo financiero, supera los beneficios aportados por Santander United Kingdom durante el transcurso de este año: 793 millones de euros.

¿Eres cabeza de familia?

En el caso de que la respuesta sea afirmativa, te conviertes automáticamente, entreotras cosas, en responsable de los actos de tus hijos, aunque no estés con ellos.

Si tu hijo Carlitos de 14 años tira un balón contra un cristal y se rompe... ¿Quién lo paga?
Si tu mascota “Tobi” es un beagle muy simpático, pero en un despiste en el garaje muerde el parachoques de plástico del coche nuevo de tu vecina Lola... ¿Qué haces?
Si tu antena sale volando por los aires de noviembre y cae sobre la vecina del primero, que estaba regando las plantas en el balcón, y le hiere en el brazo... ¿De quién es la culpa?

La consecuencia de estos hechos es lo que se llama Responsabilidad Civil de Cabeza de Familia y hay seguros, incluso el del Hogar, que te pueden proteger de estos imprevistos. Creemos que estos percances les pasan siempre a otros y, por eso, no los prevenimos. Así funcionamos... Ponemos barrotes cuando ya nos han robado. Nos colocamos el casco en la bici por si acaso nos caemos otra vez. Remediamos los problemas según van llegando. Queremos que estés prevenido porque nuestro trabajo es asesorarte. Sabemos que eres cabeza de familia y tienes la responsabilidad de dar la cara ante cualquier incidente fortuito que suceda, tanto si es provocado por tu familia como por objetos de tu propiedad.

Una buena póliza de hogar, adecuada a tus circunstancias, te ayuda a solventar cualquier imprevisto que no has calculado. Un buen asesoramiento personal te aporta tranquilidad en el hogar y en tu familia. De eso nos encargamos nosotros. Acércate y cuéntanos tus preocupaciones. Seguro que encontramos tu póliza.

La banca NO puede utilizar tus datos personales de recibos domiciliados sin tu consentimiento

A finales del año pasado, una asociación de corredurías de seguros (ADECOSE) planteó una consulta a la Agencia Española de Protección de Datos. Se interesaba por el uso que hacen las entidades financieras de los datos personales que aparecen en los recibos domiciliados de seguros. La pregunta fue si esos datos podían utilizarse para otras finalidades o no.

La respuesta de la Agencia de Protección de Datos es contundente y recurre a la Ley como mejor argumento: “Los datos de carácter personal objeto de tratamiento no podrán usarse para finalidades incompatibles con aquellas para las que los datos hubieran sido recogidos”.

La Agencia Española aún va más lejos cuando asegura que la respuesta está analizada “desde la perspectiva de la aplicación de las normas de protección de datos”; aún deben tenerse en consideración otras leyes “que pudieran resultar relevantes en el presente caso, tales como las relacionadas con el derecho de la competencia”.

En conclusión... Los datos que aparecen en los recibos que tienes domiciliados en tu banco, sólo pueden utilizarse cuando das tu consentimiento. Siempre debes conocer “el tratamiento que se extiende a tales datos... y las finalidades para las que los datos van a ser tratados y en su caso cedidos”.

Donde dije “digo”, digo “Diego”

Fácil de comprender, pero algo más difícil de explicar. En seguros, esta frase se traduce como “modificación de riesgo”. Esta situación se produce por ejemplo cuando el riesgo cubierto por una póliza aumenta respecto de lo declarado al contratar tu seguro.

Te pongo algunos ejemplos…

- Se rompe tu antigua televisión de tubo, valorada en 100 €, y la sustituyes por una súper-tele de plasma 3D, que te cuesta 2.000 €.

- Reformas tu vieja cocina, añades nuevos electrodomésticos y cambias esa encimera obsoleta y ahora tu cocina aumenta un valor de 6.000 €.

En cualquiera de estos casos, siempre debes notificar los cambios a la compañía para que incremente el valor de lo asegurado. Date cuenta que la compañía confía en la buena fe de nuestra declaración y, por tanto, asume nuestros contratiempos

Si NO lo comunicas, el seguro puede que NO te cubra en caso de siniestro. Aún es más, estás incurriendo en el llamado “infraseguro” (atribuyes a los objetos garantizados en la póliza un valor inferior al que tienen realmente). La aseguradora está en todo su derecho de aplicarte la llamada “regla proporcional” o “regla de equidad”, definida en la Ley de Contrato de Seguro.

O sea, si tu cocina ahora tiene un valor de 10.000 €, pero en tu seguro de incendio declaraste 4.000 €, y, por un descuido, se quema la mitad, el seguro sólo te indemnizará con 2.000 €, correspondientes a la mitad del capital asegurado.

La “modificación de riesgo” puede tener lugar también por una disminución del riesgo. En ambos casos y para no poner “digo” donde pusiste “Diego”, lo mejor es que te asesores en nuestra correduría, pues sabemos cómo ayudarte para establecer el valor REAL de tus bienes.

El vestido de novia quemado y su seguro de boda

Increíble, pero cierto: hay seguros para todo, incluso para tu boda… Esta es la historia de una novia que decidió casarse “a bombo y platillo” en el Caribe. Un hotel magnífico, un jardín magnífico y una barbacoa magnífica. Lo malo es que si te acercas demasiado al fuego, te puedes quemar.

La novia, ávida de probar la barbacoa, se arrimó demasiado y, en un despiste… ¡Zas! Prendió su vestido, la llama fue creciendo y el inmaculado traje blanco se tornó rojo. Mientras la desposada gritaba temiendo por su vida, su recién estrenado esposo, que no quería enviudar tan pronto, la tomó en brazos, corrió hasta la orilla del mar y la arrojó con fuerza para salvarla de las quemaduras.


Afortunadamente la pareja tenía contratado un seguro de boda que cubrió el percance. Gracias a él, “los novios fueron felices y comieron, creemos, perdices a la barbacoa”.

sábado, 26 de octubre de 2013

El corredor de seguros y tú como consumidor.


Hemos preguntado al presidente de la Unión de Consumidores UCA/UCE, Juan Moreno Rodríguez, cuál es su punto de vista sobre la figura del corredor de seguros.
Nos ha definido como un “proveedor de unos servicios muy importantes en la vida de muchas personas consumidoras”. Con este punto de partida, Juan Moreno asegura que vivimos en sociedades complejas, amenazadas por riegos constantes.
Garantizar una adecuada calidad de vida supone prevenir estos riesgos y la mejor forma de hacerlo es a través de los seguros. De ahí nace el llamado contrato de seguro, como “respuesta a una necesidad de dar cobertura a las consecuencias dañosas de un riesgo”. Sin embargo, contratar el seguro adecuado a cada cliente y a cada ocasión es difícil y requiere el asesoramiento de un experto. Según Juan Moreno, “es en este proceso de exigencia de información y asesoramiento, donde más valoramos, como Unión de Consumidores, la figura del corredor de seguros”.

La importancia de estar respaldado.

Como consumidor, debes saber que la Ley otorga al corredor o correduría “la facultad de representar a su cliente ante la compañía, obligándole a no tener ningún vínculo ni signo que suponga afección con las entidades aseguradoras”. Lo cual, nos confiere una total independencia y libertad para defender “los derechos y los legítimos intereses de los consumidores y usuarios”. En este sentido, dice Juan Moreno, “el consumidor ha de ser plenamente consciente de que el corredor de seguros está para asesorarle, acompañarle durante la vida o vigencia de su póliza y defenderle en todo momento”. Tú has de saber que estás comprando una cobertura “y que, de no hacerlo correctamente, puedes llegar a sufrir graves complicaciones en caso de siniestro porque las ventajas de un buen seguro se basarán siempre en poder recuperar el valor de los bienes afectados o perdidos”.
Para continuar trabajando por los clientes, la UCA/UCE y E2000 (organización a la que pertenece nuestra correduría) firmamos un acuerdo en el año 2011 “dejando constancia de nuestra apuesta de convertirnos en aliados en la mejor defensa de los derechos y de los legítimos intereses de los consumidores y usuarios”.

El Colegio de Mediadores de Seguros de Burgos alerta sobre los abusos de la banca.

Este Colegio alerta sobre prácticas irregulares de entidades bancarias que habrían desviado seguros hacia sus aseguradoras vinculadas, sin informar ni solicitar la autorización de sus clientes. Según la nota publicada por el Colegio, los propios asegurados han detectado cargos en sus cuentas corrientes por recibos de pólizas que no han contratado y corresponderían a aseguradoras vinculadas al banco en el que el cliente tiene abierta la cuenta. Entretanto, sus aseguradoras anteriores habrían recibido cartas en nombre de los clientes, solicitando la no renovación; cartas que los clientes afirman no haber firmado ni remitido.

El Juzgado de Instrucción de Burgos ha recibido varias denuncias en este sentido para investigar los hechos y fijarse las responsabilidades que debieran exigirse si resultasen ciertos. Según el Colegio, estas irregularidades “se suman a otras prácticas en la comercialización y marketing directo de sus productos por los operadores de Banca-Seguros”.


Los perjudicados.


Como corredores que velamos por tus intereses, lamentamos que, en casos como éste, sean los clientes los mayores afectados al recibir cargos por primas de seguros, que afirman no haber contratado, ignorando incluso si las condiciones son distintas en coberturas y precio, y, además, pudiendo sus anteriores compañías exigirles la renovación de las pólizas. La Justicia deberá pronunciarse al respecto y tendrá la última palabra, pero como “más vale prevenir que lamentar” queremos animarte a extremar tus precauciones para evitar situaciones como las descritas. Por este motivo, te recomendamos que compruebes si el pago bancario corresponde a tu compañía de seguros y no a otra vinculada al banco con el que trabajas.

miércoles, 25 de septiembre de 2013

Depende solo de ti

“Adiestra tu mente... disciplina tu espíritu”
Muy fácil de decir, muy difícil de aplicar. Quizá, alguna vez te hayas planteado qué ocurre si caes enfermo o sufres un accidente que te convierta en una carga para tus allegados.
Para corregir estas situaciones entró en vigor la llamada Ley de Dependencia, que reconoce el derecho de los ciudadanos, que han perdido su autonomía, a ser apoyados por el Estado. Sin embargo, la situación económica actual está provocando dificultades para la concesión de las ayudas a las personas dependientes. Pero existe una solución: el seguro deDependencia.

El coste de este seguro varía en función de la renta que se desea percibir y de la edad del asegurado. En España hay más de 1 millón de personas dependientes y, según el director del IMSERSO, César Antón, “el 60% de los dependientes tienen más de 65 años”. Con el capital que nos abonará la aseguradora contaremos con recursos para sufragar los costes que conllevan estas situaciones.

Garantías y fiscalidad.

El objetivo último es mejorar la calidad de vida de las personas dependientes y de quienes conviven con ellos.

Existen varios grados de dependencia:

Dependencia severa. Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria 2 ó 3 veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador.

Gran dependencia. Cuando necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona. Las primas están bonificadas fiscalmente.

¿Cuándo te interesa contratar?

A cualquier edad porque no tiene un coste muy alto (es mucho más económico que un seguro de vida) y te garantiza una importante suma en caso de accidente y/o enfermedad que ocasione dependencia.
Sin embargo, hay 2 momentos especiales en que te recomendamos contratar este seguro:

· Cuando estás a punto de cumplir 65 años y tu póliza de vida te retira la garantía de invalidez.

· Y cuando empiezas a estar libre de cargas (hipotecas, hijos a tu cargo...) y puedes destinar un dinero extra a proteger tu futuro.




8 de cada 10 quejas de los clientes con su banco NO SON ATENDIDAS, aunque tienen razón.

Son datos recogidos en la Memoria del Servicio de Reclamaciones del Banco de España durante el pasado 2012. En total, tramitaron 43.647 nuevos casos, un 20% más que el año anterior, una cifra que se ha convertido en histórica. Lo más curioso de este documento es que de las 2.838 resoluciones favorables a los clientes, las entidades financieras rectificaron su decisión en tan sólo el 18% de los casos. O sea que, mientras el Banco de España da la razón al cliente, las entidades se niegan a rectificar.

Préstamos, valores y seguros principales motivos de reclamación.

La Memoria hace referencia a la vinculación de los seguros a hipotecas y a una “mala práctica bancaria”, en que las entidades financieras consienten “en mantener contratados los seguros suscritos simultáneamente a la formalización del préstamo tiempo después de haber cancelado éste”.

4 de cada 10 clientes tienen razón.

Las quejas que se presentan ante el Banco de España constituyen la última vía de reclamación. Desde 1989, las entidades financieras están obligadas a contar con la figura del defensor del cliente bancario. Debe estar garantizada su independencia, por lo que no puede mantener vínculos con ninguna entidad financiera o sociedad que dependa de ella. Al contrario que las recomendaciones del Banco de España, sus decisiones SÍ son vinculantes y deben ser atendidas dentro del banco.

El corredor de seguros, el “comparador” que siempre ha existido.

Cuando se creó la figura del corredor de seguros nacieron los comparadores.
Últimamente y por el acoso publicitario, hemos visto como han proliferado los comparadores de internet, más bien llamados comparadores on-line. En estos comparadores el único criterio que prevalece es el precio, pero no siempre es en lo que debes basar tu compra, pues existen otros factores que debes tener en cuenta a la hora de utilizar la póliza al producirse un siniestro, que es, en definitiva, para lo que compras tu seguro.

Asesoría y objetividad.

Un punto de vista objetivo es el que ofrece una buena asesoría, lo demás es solo “el mejor precio”. La experiencia de un buen corredor define caso por caso una buena compra de tu seguro. Dice la sabiduría popular que lo barato sale caro y más cuando está en juego tu coche, tu casa, tu salud o hasta tu vida. Los seguros no son un requisito, los seguros bien comprados son la garantía de una reclamación coherente ante un siniestro.

Compramos el seguro de la compañía que más te conviene.

Cuando usas un comparador para buscar un hotel, no tienes problemas porque está muy claro el criterio que buscas, no solo el precio. Cuando quieres viajar y buscas un billete de avión, también tienes claro el lugar dónde vas y las horas a las que te gustaría viajar. Allí te aparecerán las aerolíneas de bajo coste y aquéllas otras donde viajas más cómodo, con tu equipaje facturado o, si lo prefieres, con el equipaje de mano en lugar de una sola maleta, etc...

En la compra de un seguro hay muchos factores que desconoces y es por eso que necesitas un asesor.

La diferencia básica está en que no eres “un cliente más”, eres “nuestro cliente” y vamos a comprar tu seguro a la compañía que más te convenga por si algún día te ocurre un siniestro. Algún comparador te ha preguntado ¿qué te preocupa al contratar un seguro? O, ¿qué circunstancias te rodean? O, ¿cuáles son tus intereses? La respuesta es siempre NO.

En cambio ningún corredor te ofrece una póliza sin tener en cuenta estas consideraciones, porque realmente nos preocupamos por buscarte el seguro que responde a tus necesidades con el precio más adecuado.

Por eso, con nosotros, los corredores de seguros, siempre es más seguro.

Muere para cobrar una indemnización, pero “resucita” en el funeral.

Un vendedor de refrescos fingió su muerte para que su familia recibiera la indemnización del seguro. Fue en China, en la ciudad de Wuhan que el pasado mes de agosto soportaba la ola de calor más tórrido de los últimos 140 años. Hacía tanto calor dentro del féretro que el timador no tuvo más remedio que salir del ataúd para beber agua, ante la atónita mirada de las 300 personas que asistían al funeral y que soportaban una temperatura de 45 grados.

Redes sociales y tu seguro del coche.

Ya sabíamos de la utilización de Facebook y Twitter para rastrear información cuando buscas un trabajo. A partir de ahora, también las aseguradoras buscarán datos en las redes sociales para definir los niveles de riesgo de los conductores. Ninguna compañía lo certifica, pero ya se han realizado programas piloto. Incluso, existe algún precedente como el de una mujer en Estados Unidos que reclamó a su seguro tras sufrir un accidente. Afirmaba que no conocía al conductor del otro coche, pero Facebook demostró que habían mantenido comunicación antes del siniestro.

Según Craig Beattie, analista de la empresa Celent (que investiga las aplicaciones de las TIC en los servicios financieros): “en algún momento del futuro, las aseguradoras se interesarán por los grupos de amigos; ¿son buenos o malos conductores?

miércoles, 21 de agosto de 2013

¿Qué es y qué cubre la Asistencia en Viaje?

Viaja y disfrutade tus vacaciones. Lo verdaderamente importante es que viajes tranquilo y que, si te ocurre algo, cuentes con un Seguro de Asistencia en Viaje que responda inmediatamente.


La Asistencia en Viaje te ayuda con los percances que puedas sufrir en tu vehículo mientras te desplazas. ¿Cuáles son esos percances? Normalmente, este tipo de seguros prestan asistencia tanto al vehículo como a las personas que viajan en él. Las situaciones más comunes en las que utilizas un seguro de Asistencia en Viaje son:

1.- Para el vehículo. Necesitas un servicio de asistencia para reparaciones urgentes “in situ”. Por ejemplo: remolcar tu coche hasta un taller, una batería descargada, pérdida de las llaves, un pinchazo…o rescate del vehículo. Algunos seguros hasta incorporan el suministro de gasolina en caso de quedarte “tirado en la cuneta” con el depósito vacío.

2.- Para las personas. Si te quedas con el coche inmovilizado por avería o accidente, necesitas asistencia no sólo para ti, como conductor, sino también para tus acompañantes. En este caso, dispones de transporte hasta tu domicilio, vehículo de sustitución, envío de un conductor (si fuera necesario), traslados sanitarios e, incluso, billetes de ida y vuelta para familiares en caso de hospitalización…

El seguro de Asistencia en Viaje es mucho más completo, pero estamos sujetos a las limitaciones de espacio. Cualquier duda, consúltanos y te ayudamos a escoger un seguro a la medida de tus viajes. ¡Felices vacaciones!

¿Los seguros tienen IVA o están exentos?

Los seguros están exentos de IVA, así viene recogido en la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido. Sin embargo, en el recibo de tu póliza aparecen una serie de cargos aparte que pueden llevarte a confusión. Y es que los seguros están gravados por conceptos especiales, aunque no tengan IVA.

Dependiendo del tipo de seguro, puedes encontrar: el Impuesto sobre Primas de Seguro (6%); una tasa denominada de distintas formas según la compañía (D.G.S. CLEA, etc...,) que supone un 0,15% sobre la prima; también está la Prima destinada al Consorcio de Compensación de Seguros (de la cual ya hemos hablado y que sirve para cubrir “grandes catástrofes”...) o el recargo por fraccionamiento de pago.

Y... ¿me puedes decir si los seguros desgravan?

Pues algunos SÍ. Fundamentalmente desgravan los Fondos de Pensiones y los Seguros de Vida Dependencia (cuando una persona necesita ayuda de terceros para el “día a día”, ej. Un enfermo de Alzheimer). También desgravan los seguros de hogar y los de vida cuando están vinculados directamente a la hipoteca de tu vivienda habitual (lo cual, no significa que tengas que contratarlos directamente con la entidad financiera). Si eres autónomo también podrás desgravarte los seguros de vida si los contratas en una entidad de previsión social.

Reclamaciones en espacios públicos

Muchos de los seguros que contratas cubren más incidencias de las que a primera vista parece. Infórmate bien para que aproveches al máximo las coberturas que te ofrecen. Supongamos que te caes en la calle o en un centro comercial.

Desafortunadamente te rompes el brazo derecho. Vas al médico que te pone escayola y te da 1 mes de baja en el que no puedes trabajar, ves reducidos tus ingresos… y no sabes qué hacer. Ante todo tranquilizarte, tomarte la vida con filosofía y, ¡muy importante!, revisar tus pólizas de seguro o llamarnos para que te asesoremos. Como te comentamos en el artículo sobre Defensa Jurídica de esta página, algunos de tus seguros pueden ayudarte a la hora de hacer este tipo de reclamaciones.

Es recomendable que revises bien tus seguros de Hogar, Accidentes, etc... Pero tampoco hay que pasarse. Puedes reclamar siempre que sea justo y realmente atribuyas a un tercero una conducta culposa o negligente. Por ejemplo daños consecuencia de una acera en mal estado, obras no señalizadas, caída de señales... Pero… ¡Ojo! Un resbalón en la calle con tus zapatos de cuero a consecuencia de la lluvia… ¡NO vale!

¿Qué es la Defensa Jurídica?

Es una cobertura que puedes contratar como póliza específica o bien puede estar incluida en tu seguro del coche o de hogar... Implica la prestación de servicios de asistencia jurídica y judicial y cubre los gastos que conlleva tu defensa o reclamación. El seguro Defensa Jurídica te protege ante cualquier imprevisto legal, te defiende en la resolución de tus problemas legales y se ocupa de la reclamación y defensa civil (o penal en algunos casos). Al contratarlo, es habitual que trabajes con un abogado asignado por la compañía, aunque también puedes escogerlo tú mismo (con los límites establecidos por la aseguradora).

Cuando contratas directamente la póliza de Defensa Jurídica, suele incorporar coberturas más completas que cuando forma parte de otros seguros.
Sin embargo, no debes perder de vista esta opción muy habitual en los seguros de Hogar, porque incluye temas tan interesantes como las reclamaciones de tu vivienda por obras de reparación y mantenimiento, actividades molestas, desperfectos de la comunidad de vecinos… y un largo etcétera.

Un banco niega una indemnización por obeso

Una persona obesa acude a su banco para contratar un préstamo por 9.600 euros. El banco le “recomienda” contratar un seguro de vida para garantizar el pago. Obviamente el empleado que le atiende observa su obesidad, pero no le pide informes médicos, a pesar de que la obesidad es un factor de riesgo.

Fallece el cliente y, entonces sí, el banco reclama a la viuda los informes médicos donde ya se alertaba sobre obesidad y, también, diabetes. El banco se niega a pagar la indemnización afirmando que la causa de la muerte fue una enfermedad anterior a la firma del seguro y que el cliente había ocultado. Ante la evidencia de que el cliente difícilmente pudo ocultar su obesidad ante el agente del banco que contrató el seguro, el juez condena a pagar al banco que “no se percató” de la obesidad y defiende al fallecido porque no actuó de mala fe.

El seguro de Viaje NO cubre las cornadas de San Fermín

Con motivo de los Sanfermines, el Foreign Office (Ministerio de Asuntos Exteriores británico) advirtió a todos sus compatriotas que los seguros de Viaje no cubrían las heridas por cornadas que podían sufrir en el encierro.


Correr delante de los toros es lo que se llama “un riesgo agravado” que no tiene mucho que ver con el mero hecho de salir de viaje. Por eso, esta actividad está considerada como peligrosa. Una cosa es estar bien asegurado y otra muy diferente tentar a la suerte. De hecho, algunos corredores terminaron las fiestas gravemente heridos.

viernes, 2 de agosto de 2013

Si regresas a casa tan feliz como te has ido, has tenido unas buenas vacaciones.

¿Por qué escoger bien tu seguro del hogar?


Estás tumbado en la playa, bebiendo un zumo de frutas. Tu mujer duerme tranquila a tu lado y los niños se bañan en el mar. Te sientes relajado y tranquilo porque eres previsor.



Los siniestros más comunes.
Los problemas más comunes se producen por un grifo abierto. Así que tú has cerrado correctamente, no sólo el grifo y las llaves de paso del agua y el gas, sino también las puertas y ventanas. Has dejado unas llaves a una persona de confianza que acude regularmente a tu casa para recoger la correspondencia, subir y bajar las persianas, colgar algo de ropa en el tendedero... Da la sensación que sigues estando en casa. Y tienes cuidado con las redes sociales. No vas a publicar fotografías de tus vacaciones porque los “cacos” las utilizan para detectar si tienes la vivienda vacía.

Tu coche siempre a punto.
Antes de salir de viaje, lo has revisado: luces, anticongelante, líquido de frenos, dirección y neumáticos. Has repartido equitativamente la carga del maletero y no dejas objetos sueltos en la bandeja ni entre los pasajeros. Tienes definido el itinerario del viaje largo y de las excursiones previstas y si te equivocas de camino, continúas hasta el próximo cambio de dirección. Has dormido bien y paras cada 2 horas (nunca más de 3) para estirar las piernas, y nunca miras el reloj porque te da igual la hora de llegada. Aunque sabes que el reglamento no prevé sanción por no llevar el recibo, tú lo llevas siempre, junto con la tarjeta o teléfono de Asistencia en Viaje y un ejemplar de la Declaración Amistosa de Accidente. No cuesta nada, y tienes “a manolos datos del seguro en caso de necesidad.

Coberturas de equipaje
La mayor parte de las pólizas integrales incluyen los seguros de viaje. Algunas, hasta contemplan la búsqueda de un equipaje extraviado y su envío posterior. Si pagas un pequeño costo adicional, cubren la indemnización por el retraso en la entrega del equipaje o el envío de objetos olvidados.
Atención porque SÍ existe un límite en los reembolsos de joyas, gafas, artículos electrónicos y equipos fotográficos.

Consúltanos y te explicamos cuál es. Y ten presente que algunos seguros de hogar incorporan una cláusula que ampara la cobertura de tu equipaje en caso de accidente.

Y si pasa... ¿Qué haces?
El siniestro “es un acontecimiento que origina unos daños personales o materiales garantizados por tu póliza de seguros hasta el importe pactado”.
Siempre pensamos en siniestros negativos, pero también hay siniestros positivos como cuando percibes una renta por tu jubilación. ¡Si no sucede nada malo, MEJOR! Lo importante es que estás protegido desde la contratación de tu seguro.

¿Qué hacer si tienes un siniestro?
Procura rescatar todo lo que puedas y vienes a “dar parte” a nuestra correduría para contar qué ha ocurrido. Mientras nos ocupamos de los trámites, debes enviarnos toda la documentación que tengas: facturas, informes médicos, fotografías... Si hay alguien afectado, comunícale que estás asegurado. A partir de este momento, nuestra correduría se ocupa de hablar con la compañía para que se tramite con éxito el siniestro. Recuerda que los siniestros de asistencia puedes gestionarlos tú mismo, llamando al teléfono de la aseguradora, en el que te atienden rápidamente. Durante toda la tramitación hasta la resolución final del siniestro, nuestra correduría está pendiente del proceso, defendiendo tus intereses. Esto es lo que nos diferencia por ser Corredores de Seguros.

¿Qué es “vida riesgo”? ¿Y... “vida ahorro”?
El seguro de vida Riesgo es un contrato de previsión contra un riesgo determinado: la muerte del asegurado. El seguro de vida Ahorro es un producto para obtener rentabilidad, aprovechándote de importantes ventajas fiscales.

Vida Riesgo
Pagas una sola cuota o varias cuando suscribes este seguro. En caso de muerte, la compañía aseguradora abona el capital pactado a los beneficiarios.
El coste de la póliza varía atendiendo a los siguientes criterios:

• La edad del asegurado y la profesión o los agravantes que puedan existir, como deportes de riesgo, etc. Se evalúan las tablas de mortalidad según la esperanza media.
• El estado de salud al suscribir la póliza.
• El importe que percibirán los beneficiarios, que puede abonarse de una vez o en varias rentas.

¿Cuándo te lo recomendamos?
Debes contratarlo cuando aún eres joven y tienes necesidades y compromisos financieros (hipotecas, créditos, hijos a tu cargo…). Te recomendamos reducir el capital asegurado, y por tanto la cuota, según decrecen tus responsabilidades (ya has pagado la hipoteca, no debes nada al banco o tus hijos son independientes…).

Vida Ahorro
Son seguros de jubilación o planes de ahorro asegurado. En estos contratos aseguras un capital con una rentabilidad determinada a un plazo fijado. Con tus ahorros puedes financiar algo en concreto: la educación de tu hijo, la boda de una hija o tu jubilación.
Su rentabilidad está garantizada y se va acumulando a las primas satisfechas. Según el plazo del contrato te beneficias de distintos tramos fiscales.
Tus aportaciones económicas pueden ser:
• Periódicas.
• A prima única. Con la aportación inicial de todo el capital.
¿Cuándo te lo recomendamos?
Cuando vas cumpliendo años y piensas en tus ingresos futuros. Si te acercas
a la jubilación, incrementa las cuotas porque tus ahorros te vendrán muy bien cuando dejes de trabajar.
¡Consúltanos! Comprobarás que existen opciones solventes y seguras.

Seguro contra abducciones extraterrestres.
Estados Unidos, a partir de 1987. St. Lawrence vendió más de 20.000 pólizas de este seguro y pago 2 siniestros de 150.000 dólares cada uno.
¿Cómo es posible? Parece ser que el señor Lawrence creía en los extraterrestres. Las coberturas son impecables: indemnizaciones por “años de secuestro en el planeta alienígena”, por violación extraterrestre o embarazo (incluso en hombres).
Aunque te sorprenda esta anécdota, es cierta, ¡sé que tú no lo contratarías pero, nosotros tampoco te dejaríamos!

El gobierno pide transparencia en las hipotecas bancarias.

El Gobierno español ha solicitado al Banco de España que haga cumplir la sentencia del Tribunal Supremo sobre las denominadas “cláusulas suelo” en las hipotecas (9 de Mayo de 2013). El Alto Tribunal había reiterado su nulidad si se detectaba en los contratos hipotecarios falta de transparencia a los consumidores. En los últimos meses, el Euribor cotiza en zona de mínimos históricos, lo cual perjudica a los hipotecados que no pueden beneficiarse de esta rebaja. Es ahora cuando se ponen de manifiesto las enormes diferencias entre las hipotecas con cláusula suelo y las que no la tienen.