jueves, 7 de junio de 2012

Deducciones fiscales de los seguros médicos para empresas

 
En Remolí Beltrán Correduría de Seguros somos mediadores oficiales colegiados, por lo que asesoramos a nuestros clientes acerca de los productos más ventajosos con total profesionalidad. Todo lo que beneficia a nuestros clientes, es bueno para nosotros. Por eso, hoy queremos hablaros de las ventajas fiscales que puede reportar la contratación de seguros de salud para empresas.

El importe de los seguros de salud, de hasta 500 euros por asegurado, que una empresa contrata para sus trabajadores y su familia no tributa en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Esto implica que, en una familia de cuatro miembros, se podrían contratar seguros por un importe total de 2.000 euros anuales, sin que éste tributase.

En este sentido, la Ley del IRPF establece que los gastos por seguro médico no constituyen una retribución en especie y no se consideran rendimientos de trabajo, por lo que no tributan físicamente, hasta el límite de 500 euros anuales por persona, pudiendo dar cobertura al trabajador, su cónyuge y descendientes. Asimismo, la legislación establece que el exceso sobre esta cuantía sí constituirá retribución en especie.

Por otra parte, las primas o cuotas satisfechas por las empresas son un gasto deducible en el Impuesto de Sociedades.

Hay que tener en cuenta que la Agencia Tributaria considera que, para que este tipo de seguros se consideren como rendimientos del trabajo en especie, es necesario que exista una relación laboral entre los trabajadores y la empresa. Por tanto, no es aplicable esta deducción a los seguros de salud que paguen las empresas a los trabajadores que sean socios de éstas, puesto que se consideran rendimientos derivados del trabajo. Y lo mismo sucede con los administradores de sociedades que sólo realizan las funciones propias de administrador y no tienen una relación laboral propiamente dicha con la empresa.

En cuanto a los trabajadores autónomos que tributan por estimación directa, también pueden beneficiarse de esta desgravación fiscal al contratar un seguro médico privado tanto para él como para su cónyuge e hijos.

La Ley del IRPF también establece que son deducibles las primas de seguro satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y la de su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él, al ser considerado como rendimiento limpio en estimación directa. En este caso, el límite máximo de deducción también será de 500 euros por cada una de las personas señaladas anteriormente.

1 comentario:

  1. Hola,

    Acabo de enterarme de esta ventaja!!! Llevaba varios años contratado con esta oficina de Sanitas Profesionales (http://sanitasseguro.com/productos/sanitas-profesionales/) y no estaba informado.

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